A/RES/51/177
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29.
Pide a todas las organizaciones y organismos especializados
pertinentes de las Naciones Unidas que determinen las medidas concretas que
llevarán a cabo, en el marco de sus mandatos, con miras a la aplicación del
Programa de Hábitat, y en ese contexto los invita a que informen al Comité
Administrativo de Coordinación sobre esas medidas y a que informen a la
Asamblea General, en su quincuagésimo segundo período de sesiones, por
conducto del Consejo Económico y Social en su período de sesiones sustantivo
de 1997, sobre sus planes y actividades concretos;
30.
Invita a las instituciones de Bretton Woods a que participen
activamente en la aplicación y el seguimiento del resultado de la Conferencia
y a que intensifiquen su cooperación con el sistema de las Naciones Unidas con
ese fin;
31.
Reafirma que la demanda de vivienda y servicios de infraestructura
en el ámbito de los asentamientos humanos aumenta constantemente y que las
comunidades y los países, especialmente los países en desarrollo, tienen
dificultades para movilizar recursos financieros suficientes para sufragar los
gastos de vivienda, servicios y obras de infraestructura, que aumentan
rápidamente, y reafirma además que se necesitan recursos financieros nuevos y
adicionales de diversas fuentes para lograr los objetivos de la vivienda
adecuada para todos y el desarrollo sostenible de los asentamientos humanos en
un mundo en proceso de urbanización, y que los recursos existentes de que
disponen los países en desarrollo - públicos, privados, multilaterales,
bilaterales, nacionales y externos - deben incrementarse mediante instrumentos
económicos y mecanismos apropiados y flexibles para contribuir a los objetivos
de la vivienda adecuada y el desarrollo sostenible de los asentamientos
humanos;
32.
Subraya que la aplicación íntegra y efectiva del Programa de
Hábitat, en particular en todos los países en desarrollo, especialmente los
países de África y los países menos adelantados, requerirá la movilización de
recursos financieros adicionales de diversas fuentes a nivel nacional e
internacional y una cooperación para el desarrollo más eficaz a fin de
promover la asistencia a las actividades relacionadas con la vivienda y los
asentamientos humanos;
33.
Invita a todos los gobiernos y a la comunidad internacional para
que tengan en cuenta el papel de la Fundación de las Naciones Unidas para el
Hábitat y los Asentamientos Humanos en el seguimiento del Programa de Hábitat
y que consideren la posibilidad de prestar más apoyo a la Fundación en sus
actividades, teniendo presente la necesidad de continuar aumentando su
eficacia;
34.
Pide a los programas y fondos del sistema de las Naciones Unidas y
a las comisiones regionales que, de manera acorde con sus respectivos
mandatos, apoyen plenamente la aplicación efectiva del Programa de Hábitat,
particularmente sobre el terreno, según proceda;
35.
Pide también al Secretario General que le informe en su
quincuagésimo segundo período de sesiones, por conducto del Consejo Económico
y Social, sobre la aplicación de la presente resolución;
36.
Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo
segundo período de sesiones un subtema titulado "Aplicación de los resultados
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