Cooperación internacional contra el problema mundial de las drogas
A/RES/70/182
construcción a todos los niveles de instituciones eficaces e inclusivas que rindan
cuentas, y recuerda todas sus metas;
17. Observa la importancia de que se adopte un enfoque integrado de las
políticas en materia de drogas, entre otras cosas fortaleciendo las alianzas entre las
esferas de la salud pública, el desarrollo, los derechos humanos, la justicia y la
aplicación de la ley y facilitando la cooperación y comunicación interinstitucionales ,
según proceda;
18. Alienta la promoción, según proceda, en el marco de la cooperación
internacional, del uso de técnicas en materia de aplicación de la ley que se ajusten a
la legislación nacional y el derecho internacional, incluidas las obligaciones
aplicables sobre derechos humanos, a fin de asegurar que los traficantes de drogas
respondan ante la justicia y las grandes organizaciones delictivas sean desarticuladas y
desmanteladas, y la aplicación de las resoluciones de la Comisión de
Estupefacientes en la materia, incluida la resolución 58/11, de 17 de marzo
de 2015 11;
19. Observa con gran preocupación los efectos adversos del uso indebido de
drogas para las personas y la sociedad en su conjunto, y reafirma el compromiso de
todos los Estados Miembros de hacer frente a esos problemas en el contexto de
estrategias amplias, complementarias y multisectoriales de reducción de la demanda
de drogas, en particular estrategias orientadas a los niños, los jóvenes y sus familias;
20. Observa con gran preocupación también el alarmante aumento de la
incidencia del VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sanguín ea entre los
consumidores de drogas inyectables, reafirma el compromiso de todos los Estados
Miembros de esforzarse por alcanzar el objetivo del acceso universal a programas
completos de prevención y al tratamiento, la atención y los servicios de apoyo
conexos, en pleno cumplimiento de los tres tratados de fiscalización internacional de
drogas y de conformidad con la legislación nacional, teniendo en cuenta todas sus
resoluciones pertinentes y, cuando proceda, la guía técnica revisada de la
Organización Mundial de la Salud, la Oficina de las Naciones Unidas contra la
Droga y el Delito y el Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el
VIH/SIDA, destinada a los países para la definición de objetivos nacionales de
acceso universal a servicios de prevención, tratamiento y atención del VIH para los
consumidores de drogas inyectables, y solicita a la Oficina que ejecute su mandato
en esta esfera en estrecha cooperación con las organizaciones y programas
competentes del sistema de las Naciones Unidas, como la O rganización Mundial de
la Salud, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y el Programa
Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA;
21. Insta a los Estados Miembros a que, cuando proceda, elaboren respuestas
a nivel nacional para hacer frente al problema de la conducción de vehículos bajo
los efectos de las drogas, en particular, intercambiando información y mejores
prácticas sobre respuestas eficaces y con la participación de las comunidades
científica y jurídica a nivel internacional;
22. Observa con preocupación que la disponibilidad y accesibilidad de
drogas sometidas a fiscalización internacional para fines médicos y científicos, en
particular para el alivio del dolor y la atención paliativa, sigue siendo escasa o
inexistente en muchos países del mundo, y resalta la necesidad de que los Estados
Miembros, la Comisión de Estupefacientes y la Junta Internacional de Fiscalización
de Estupefacientes, en cooperación con la Oficina de las Naciones Unidas contra la
Droga y el Delito y la Organización Mundial de la Salud, según proceda, hagan
frente a esa situación promoviendo medidas para garantizar su disponibilidad y
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