A/RES/58/183
6.
Hace un llamamiento a los gobiernos para que incluyan la administración
de justicia en sus planes nacionales de desarrollo como parte integrante del proceso
de desarrollo y asignen los recursos necesarios a la prestación de servicios de
asistencia jurídica con miras a la promoción y protección de los derechos humanos, e
invita a la comunidad internacional a que responda favorablemente a las solicitudes
de asistencia financiera y técnica para mejorar y fortalecer la administración de
justicia;
7.
Alienta a las comisiones regionales, los organismos especializados y los
institutos de las Naciones Unidas que trabajan en las esferas de los derechos
humanos y la prevención del delito y la justicia penal, y a otras partes pertinentes
del sistema de las Naciones Unidas, así como a las organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales, incluidas las asociaciones nacionales
de profesionales interesadas en promover las normas de las Naciones Unidas en la
materia, y a otros segmentos de la sociedad civil, en particular a los medios de
información, a que sigan promoviendo los derechos humanos en la administración
de justicia;
Toma nota con interés de los debates celebrados en el Consejo de
8.
Seguridad en relación con el tema titulado “La justicia y el Estado de derecho: el
papel de las Naciones Unidas”;
Invita a la Comisión de Derechos Humanos y a la Comisión de
9.
Prevención del Delito y Justicia Penal, así como a la Oficina del Alto Comisionado
de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y al Programa contra el Delito
de la Oficina contra la Droga y el Delito de las Naciones Unidas, a que coordinen
estrechamente sus actividades en el campo de la administración de justicia;
10. Insta a los mecanismos de la Comisión de Derechos Humanos y sus
órganos subsidiarios, incluidos los relatores especiales, los representantes especiales
y los grupos de trabajo, a que sigan prestando particular atención a las cuestiones
relacionadas con la promoción y la protección eficaces de los derechos humanos en
la administración de justicia, incluida la justicia de menores, y a que, si procede,
formulen recomendaciones concretas a ese respecto, incluidas propuestas para la
adopción de medidas relativas a servicios de asesoramiento y asistencia técnica;
11. Insta al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos a que, en el marco de su mandato, aumente sus actividades relacionadas
con la formación de capacidad a nivel nacional en materia de administración de
justicia, en particular en las situaciones posteriores a conflictos;
12. Alienta a la Oficina del Alto Comisionado a que siga organizando cursos
de capacitación y otras actividades pertinentes encaminadas a afianzar la promoción
y protección de los derechos humanos en la administración de la justicia, y acoge
favorablemente la publicación del manual de derechos humanos para jueces, fiscales
y abogados en el marco del Decenio de las Naciones Unidas para la educación en la
esfera de los derechos humanos, 1995-2004;
13. Observa complacida la atención cada vez mayor que prestan a la cuestión
de la justicia de menores el Alto Comisionado para los Derechos Humanos y el
Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, en particular mediante actividades
de asistencia técnica, y, teniendo en cuenta que la cooperación internacional para
promover la reforma de la justicia de menores ha pasado a ser una prioridad en el
sistema de las Naciones Unidas, los alienta a que realicen nuevas actividades a ese
respecto en el marco de sus mandatos;
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