A/RES/55/8
una repercusión negativa sobre la seguridad alimentaria y la economía de numerosos
Estados, en particular los Estados en desarrollo,
Reconociendo la importancia de la labor realizada bajo la égida de la
Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación para
elaborar un plan de acción internacional de carácter amplio para prevenir, reprimir y
eliminar la pesca ilícita, no declarada y no reglamentada, en el cual se tenga en
cuenta la serie de posibilidades que existen de adoptar medidas conformes con el
derecho internacional, y consciente de la labor realizada por determinadas
organizaciones regionales que se ocupan de la pesca,
Acogiendo con agrado las iniciativas de la Organización de las Naciones
Unidas para la Agricultura y la Alimentación para enfrentarse a las causas de la
pesca ilícita, no declarada y no reglamentada, conforme a un criterio amplio e
integrado que estimule la participación de todos los Estados y organizaciones y
acuerdos regionales y subregionales de ordenación de la pesca competentes en la
represión de la pesca ilícita, no declarada y no reglamentada, y que aliente a todos
los Estados a adoptar todas las medidas posibles o a dar su cooperación para velar
por que, de conformidad con el artículo 117 de la Convención de las Naciones
Unidas sobre el Derecho del Mar 4, sus nacionales y los buques que enarbolan su
pabellón no realicen actividades de pesca ilícita, no declarada y no reglamentada ni
apoyen esas actividades,
Acogiendo también con agrado las iniciativas de cooperación emprendidas
junto con la Organización Internacional del Trabajo y otras organizaciones
internacionales competentes en el marco del Grupo de Trabajo Especial de la
Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación y la
Organización Marítima Internacional para combatir la pesca ilícita, no declarada y
no reglamentada,
Reconociendo la necesidad de que la Organización Marítima Internacional, la
Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación y las
organizaciones y acuerdos regionales y subregionales de ordenación de la pesca se
ocupen de la cuestión de los desechos marinos procedentes de fuentes de
contaminación terrestres y fuentes de contaminación que tienen su origen en los
buques, incluso los aparejos de pesca abandonados, que pueden ser causa de
mortalidad y de destrucción del hábitat de los recursos marinos vivos,
Expresando preocupación por la cantidad considerable de capturas incidentales
y descartes en la pesca en algunas de las pesquerías comerciales del mundo, y
reconociendo que el desarrollo y la utilización de aparejos y técnicas de pesca
selectivos que sean ecológicamente idóneos y eficaces en función de los costos
serán importantes para reducir las capturas incidentales y los descartes en la pesca,
Expresando también preocupación por los informes sobre la pérdida constante
de aves marinas, en particular albatros, como consecuencia de la mortalidad
incidental de esas aves durante la pesca con palangre, y sobre la pérdida de otras
especies marinas, como especies de tiburones y otros peces, a causa de la mortalidad
incidental, y tomando nota de la iniciativa reciente de establecer un convenio para la
protección de los albatros y los petreles del hemisferio austral,
1.
Reafirma la importancia que asigna a la conservación a largo plazo, a la
ordenación y al aprovechamiento sostenible de los recursos marinos vivos de los
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Publicación de las Naciones Unidas, número de venta: E.97.V.10.
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