A/RES/56/128
m) Estudien, mediante consultas con comunidades y con grupos religiosos y
culturales y sus dirigentes, alternativas a las prácticas tradicionales o consuetudinarias
perjudiciales, en particular en los casos en que esas prácticas formen parte de una
ceremonia ritual o rito de iniciación, y promuevan esas alternativas mediante la
capacitación y reconversión de quienes practican la medicina tradicional;
n)
Cooperen estrechamente con la Relatora Especial de la Subcomisión de
Promoción y Protección de los Derechos Humanos sobre las prácticas tradicionales que
afectan a la salud de la mujer y la niña, en particular, suministrándole toda la información
que solicite y considerando seriamente la posibilidad de invitarla a sus países;
o)
Cooperen estrechamente con los organismos especializados y los fondos y
programas correspondientes de las Naciones Unidas, así como con las organizaciones no
gubernamentales y comunitarias pertinentes, en un esfuerzo común por erradicar las
prácticas tradicionales o consuetudinarias que afectan a la salud de la mujer y la niña;
p)
Incluyan en sus informes al Comité para la Eliminación de la
Discriminación contra la Mujer, al Comité de los Derechos del Niño y otros órganos
competentes creados en virtud de tratados información concreta sobre las medidas
adoptadas para eliminar las prácticas tradicionales o consuetudinarias que afectan a
la salud de la mujer y la niña, incluida la mutilación genital femenina, y para
procesar a quienes las perpetran;
4.
Invita a:
a)
Los organismos especializados, los órganos de las Naciones Unidas, las
organizaciones intergubernamentales regionales y las organizaciones no
gubernamentales correspondientes a que intercambien información acerca del tema
de la presente resolución y alienta a hacerlo a las organizaciones no
gubernamentales que realizan actividades en ese ámbito y los órganos que vigilan la
aplicación de los tratados pertinentes de derechos humanos;
b)
La Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer a que se
ocupe de la cuestión en su 47° período de sesiones en relación con el tema
prioritario titulado “Los derechos humanos de la mujer y la eliminación de todas las
formas de violencia contra la mujer y la niña, según la definición de la Plataforma
de Acción de Beijing y del documento final del vigésimo tercer período
extraordinario de sesiones de la Asamblea General”;
c)
Los gobiernos, las organizaciones y los particulares que estén en
condiciones de hacerlo a que hagan contribuciones al fondo fiduciario destinado a
apoyar la labor de la Embajadora Especial para la eliminación de la mutilación
genital femenina del Fondo de Población de las Naciones Unidas;
5.
Pide al Secretario General que:
a)
Ponga su informe a disposición de las reuniones pertinentes que se
celebren dentro del sistema de las Naciones Unidas;
b)
Le presente, en su quincuagésimo octavo período de sesiones, un informe
sobre la aplicación de la presente resolución, centrado especialmente en la evolución
reciente de la situación en los planos nacional e internacional, incluidos ejemplos de
las mejores prácticas nacionales y de cooperación internacional.
88ª sesión plenaria
19 de diciembre de 2001
5
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