Las cooperativas en el desarrollo social
A/RES/70/128
agricultores, adoptando medidas de apoyo para mejorar el acceso a los mercados,
crear entornos nacionales e internacionales propicios y fortale cer la colaboración
entre las numerosas iniciativas en este ámbito, incluidas las iniciativas regionales;
8.
Alienta a los gobiernos a que promuevan el acceso a las tecnologías de la
información y las comunicaciones como canal esencial para la colaboración y la
expansión de las cooperativas, especialmente en las zonas rurales;
9.
Alienta también a los gobiernos a que intensifiquen y amplíen la
disponibilidad y accesibilidad de trabajos de investigación sobre el funcionamiento
y la contribución de las cooperativas, establezcan metodologías para la reunión y
divulgación de datos mundiales comparables y las mejores prácticas de las empresas
cooperativas, con la colaboración de todos los interesados, y aumenten la conciencia
pública respecto de los vínculos entre las cooperativas y el desarrollo sostenible,
especialmente en los ámbitos de la inclusión social, la creación de empleo, la
erradicación de la pobreza y la consolidación de la paz;
10. Invita a los gobiernos, las organizaciones internacionales competentes,
los organismos especializados y las organizaciones de cooperativas a nivel local,
nacional e internacional a que sigan celebrando cada año, el primer sábado de julio,
el Día Internacional de las Cooperativas, proclamado por la Asamblea General en su
resolución 47/90;
11. Invita a los gobiernos a que, en colaboración con el movimiento
cooperativista, elaboren programas orientados a mejorar la creación de capacidad de
las cooperativas, por medios como el fortalecimiento de las aptitudes organizativas,
directivas y financieras de sus miembros, respetando al mismo tiempo los principios
de la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de la mujer, y a que
introduzcan y apoyen programas para mejorar el acceso de las cooperativas a las
nuevas tecnologías;
12. Solicita al Secretario General que, en cooperación con las organizaciones
competentes de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales, y con
las organizaciones de cooperativas a nivel nacional, regional e internacional, siga
prestando apoyo a los Estados Miembros, cuando proceda, en sus esfuerzos por
crear un entorno propicio al desarrollo de las cooperativas, integrando los valores,
principios y modelos empresariales de las cooperativas en los programas educativos,
incluso en los planes de estudio, según corresponda, proporcionando asistencia para
desarrollar los recursos humanos, ofreciendo asesoramiento técnico y capacitación,
y promoviendo el intercambio de experiencias y mejores prácticas por medios como
conferencias, cursos prácticos y seminarios a nivel nacional y regional, dentro de los
límites de los recursos existentes;
13. Solicita también al Secretario General que le presente en su septuagésimo
segundo período de sesiones un informe sobre la aplicación de la presente
resolución.
80ª sesión plenaria
17 de diciembre de 2015
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