A/RES/56/109 Observando con reconocimiento la contribución de los Estados y las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas para fomentar la cooperación a fin de mitigar y reducir al mínimo las consecuencias del desastre de Chernobyl y las actividades de las organizaciones regionales y de otro tipo, las de las organizaciones no gubernamentales, así como las actividades bilaterales, Reconociendo la importancia de continuar el apoyo internacional a los esfuerzos nacionales de los Gobiernos y las sociedades civiles de Belarús, la Federación de Rusia y Ucrania, como países más afectados, por mitigar y reducir al mínimo los persistentes efectos negativos del desastre de Chernobyl en el desarrollo sostenible de las zonas afectadas como resultado de las consecuencias radiológicas, sanitarias, socioeconómicas, psicológicas y ambientales del desastre, Acogiendo con beneplácito la creciente función desempeñada por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, los coordinadores residentes de las Naciones Unidas y los equipos de las Naciones Unidas en Belarús, la Federación de Rusia y Ucrania para ayudar a hacer frente a las consecuencias de la catástrofe para el desarrollo y sus consecuencias humanitarias, Tomando conocimiento de la misión de evaluación de las necesidades enviada por las Naciones Unidas a las zonas afectadas de Belarús, la Federación de Rusia y Ucrania en julio y agosto de 2001, así como de la visita del Coordinador Adjunto de las Naciones Unidas de la cooperación internacional para Chernobyl a esos países en octubre de 2001, y subrayando la necesidad de considerar la incorporación de sus conclusiones y resultados en la nueva estrategia de las Naciones Unidas para mitigar las consecuencias del desastre de Chernobyl, Tomando nota del informe del Secretario General sobre la aplicación de la resolución 54/97 1, 1. Reafirma que las Naciones Unidas desempeñan una función catalizadora y de coordinación en el fortalecimiento de la cooperación internacional para estudiar, mitigar y reducir al mínimo las consecuencias del desastre de Chernobyl y encomia la contribución realizada al efecto por todos los demás mecanismos multilaterales pertinentes; 2. Acoge con beneplácito las medidas prácticas adoptadas por el Secretario General y el Coordinador de las Naciones Unidas de la cooperación internacional para Chernobyl a fin de fortalecer la coordinación de los esfuerzos internacionales en esa esfera, en especial el nombramiento por el Secretario General del Administrador Auxiliar del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y Director Regional para Europa y la Comunidad de Estados Independientes como Coordinador Adjunto de las Naciones Unidas de la cooperación internacional para Chernobyl; 3. Acoge también con beneplácito las iniciativas adoptadas por los organismos del sistema de las Naciones Unidas que forman parte del Grupo de Trabajo Interinstitucional sobre Chernobyl a fin de aplicar un nuevo enfoque de desarrollo para estudiar, mitigar y reducir al mínimo las consecuencias del desastre de Chernobyl y pide al Grupo de Trabajo que siga desempeñando sus actividades a tal fin; _______________ 1 2 A/56/447.

Select target paragraph3

Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents