A/RES/57/127
territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén oriental, y a los demás territorios
árabes ocupados por Israel desde 1967,
Reafirmando además la obligación que impone a los Estados Partes el Cuarto
Convenio de Ginebra, en virtud de sus artículos 146, 147 y 148, con respecto a
sanciones penales, infracciones graves y responsabilidades de las Altas Partes
Contratantes,
Destacando la necesidad de que se cumplan plenamente los acuerdos
concertados entre Israel y Palestina en el marco del proceso de paz del Oriente
Medio,
Preocupada porque Israel, la Potencia ocupante, sigue cometiendo violaciones
sistemáticas de los derechos humanos del pueblo palestino, entre ellas los castigos
colectivos, la reocupación y el cierre de determinadas zonas, la confiscación de
tierras, el establecimiento y la ampliación de asentamientos, la destrucción de bienes
y todas las demás medidas que sigue adoptando con el objeto de alterar la condición
jurídica, el carácter geográfico y la composición demográfica del territorio palestino
ocupado, incluida Jerusalén oriental,
Profundamente preocupada por los trágicos acontecimientos que se han
producido desde el 28 de septiembre de 2000, que han causado miles de muertos y
heridos, en su mayoría civiles palestinos,
Expresando su profunda preocupación ante la destrucción causada por las
fuerzas israelíes de ocupación, en particular la destrucción de viviendas y bienes, de
lugares religiosos, culturales e históricos, de elementos de la infraestructura e
instituciones de vital importancia de la Autoridad Palestina y de tierras cultivadas en
todas las ciudades, poblados, aldeas y campamentos de refugiados de Palestina,
Expresando también su profunda preocupación por la política de cierre
aplicada por Israel y las rigurosas limitaciones, incluidos los toques de queda,
impuestas a la circulación de personas y mercancías y a la del personal y
suministros médicos y de asistencia humanitaria en todo el territorio palestino
ocupado, incluida Jerusalén oriental, y por sus consecuencias para la situación
socioeconómica del pueblo de Palestina, que han creado una gravísima crisis
humanitaria,
Expresando su preocupación porque miles de palestinos permanecen en
prisiones o centros de detención israelíes, y expresando preocupación también
porque son objeto de malos tratos y hostigamiento e incluso de posibles torturas,
Convencida de la necesidad de una presencia internacional para vigilar la
situación, para contribuir a poner fin a la violencia y proteger a los civiles palestinos
y para ayudar a las partes a aplicar los acuerdos concertados y, a ese respecto,
recordando la contribución positiva de la Presencia internacional provisional en
Hebrón,
Destacando la necesidad de que se apliquen plenamente todas las resoluciones
pertinentes del Consejo de Seguridad,
1.
Declara que todas las medidas y acciones adoptadas por Israel, la
Potencia ocupante, en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén oriental, en
violación de las disposiciones pertinentes del Convenio de Ginebra relativo a la
protección de personas civiles en tiempo de guerra, de 12 de agosto de 19495, y en
contravención de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, son ilegales
y carecen de validez;
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