Aplicar la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos creando un entorno seguro y propicio para los defensores de los derechos humanos y asegurando su protección A/RES/74/146 y difundir información, y la igualdad de acceso a la justicia, en particular a un recurso efectivo; 5. Condena todos los actos de intimidación y represalia, en Internet y fuera de Internet, por parte de agentes estatales y no estatales contra personas, grupos e instituciones, incluso contra los defensores de los derechos humanos y sus representantes legales, asociados y familiares, que tratan de colaborar, colaboran o han colaborado con órganos subregionales, regionales e internacionales, como las Naciones Unidas, sus representantes y mecanismos, en la esfera de los derechos humanos, y exhorta enérgicamente a todos los Estados a hacer efectivo el derecho de toda persona, individualmente o en asociación con otras, a acceder sin trabas a los órganos internacionales, incluidas las Naciones Unidas, sus procedimientos especiales, el mecanismo del examen periódico universal y los órgano s creados en virtud de tratados, así como los mecanismos regionales de derechos humanos, y a comunicarse sin restricciones con ellos; 6. Sigue expresando especial preocupación por la discriminación, la violencia y el acoso sistémicos y estructurales, incluidas la violencia sexual y de género, así como las calumnias y las campañas de difamación, en Internet y fuera de la Internet, a las que se enfrentan las defensoras de los derechos humanos de todas las edades, y reitera su firme llamamiento a los Estados para que adopten medidas adecuadas, sólidas y prácticas a fin de proteger a las defensoras de los derechos humanos y para que integren la perspectiva de género en sus iniciativas con miras a crear un entorno seguro y propicio para la defensa de los derecho s humanos; 7. Reconoce que la democracia y el estado de derecho son elementos fundamentales para crear un entorno seguro y propicio y para proteger a los defensores de los derechos humanos, e insta a los Estados a que adopten medidas para fortalecer las instituciones democráticas, salvaguardar el espacio cívico, defender el estado de derecho y combatir la impunidad; 8. Exhorta a los Estados a que reconozcan, por medio de declaraciones públicas, políticas, programas o leyes, la importante y legítima func ión que desempeñan los defensores de los derechos humanos en la promoción de todos los derechos humanos, la democracia y el estado de derecho como elementos fundamentales para garantizar su protección, entre otras cosas respetando la independencia de sus organizaciones y evitando estigmatizar su labor; 9. Reafirma la utilidad y el beneficio que reportan las consultas y el diálogo con los defensores de los derechos humanos en relación con las políticas y los programas públicos, incluso con fines de protección, valorando la participación significativa de los defensores de los derechos humanos en la elaboración de programas, políticas y prácticas en relación con su labor, alienta a los Estados a que celebren periódicamente consultas sustantivas con los defensores de los derechos humanos, y alienta también a los Estados a que designen coordinadores o empleen otros mecanismos pertinentes para los defensores de los derechos humanos en la administración pública; 10. Exhorta a todos los Estados a que adopten todas las medidas que sean necesarias para garantizar los derechos y la seguridad de todas las personas, incluidos los defensores de los derechos humanos, que ejercen, entre otros, el derecho a la libertad de opinión, de expresión, y de reunión y asociación pa cíficas, que son esenciales para la promoción y protección de los derechos humanos; 11. Insta a los Estados a que investiguen, de manera rápida, eficaz, independiente y responsable, las denuncias y acusaciones de amenazas contra defensores de los derechos humanos, sus representantes legales, asociados o familiares o de violaciones y abusos de los derechos humanos de esas personas que 19-22249 5/8

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