Aplicar la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y
las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades
Fundamentales Universalmente Reconocidos creando un entorno seguro y propicio
para los defensores de los derechos humanos y asegurando su protección
A/RES/74/146
ambientales, indígenas y relacionadas con la tierra y las actividades comerciales, así
como el desarrollo, incluso mediante de la responsabilidad empresarial;
23. Insta a los agentes no estatales, entre ellos las empresas transnacionales y
otras empresas comerciales, a que asuman la responsabilidad que les incumbe de
respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las personas,
incluidos los defensores de los derechos humanos, y subraya la necesidad de asegurar
la diligencia debida en materia de derechos humanos y gar antizar que las empresas
transnacionales y otras empresas comerciales rindan cuentas y brinden una reparación
adecuada, al tiempo que insta a los Estados a que adopten políticas y leyes al respecto,
en particular para que todas las empresas rindan cuentas por su implicación en
amenazas o ataques contra los defensores de los derechos humanos;
24. Toma nota del informe del Secretario General con ocasión del 20º
aniversario de la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos 9, en el
que pidió que se elaborara un enfoque más coherente y amplio de la labor de las
Naciones Unidas para apoyar la Declaración, alienta a la Oficina del Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, en consulta con el
Relator Especial y otros procedimientos especiales del Consejo de Derechos
Humanos, a que siga recopilando y compartiendo información sobre las mejores
prácticas y las dificultades a ese respecto, solicita a todas las entidades y
organizaciones interesadas del sistema de las Naciones Unidas que, con arreglo a sus
mandatos, presten todo el apoyo y la asistencia posibles al Relator Especial para que
pueda cumplir eficazmente su mandato, incluso mediante visitas a los países y la
formulación de sugerencias acerca de los medios para asegurar la protección de los
defensores de los derechos humanos, y solicita al Relator Especial que siga
informando anualmente sobre sus actividades a la Asamblea General y al Consejo de
Derechos Humanos, con arreglo a su mandato;
25.
Decide seguir ocupándose de la cuestión.
50 a sesión plenaria
18 de diciembre de 2019
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19-22249