A/HRC/48/78
aprovechar la oportunidad de “construir un futuro mejor” para lograr un mañana
justo y sostenible que no deje a nadie atrás.
75.
Los Estados deben tomar medidas urgentes para garantizar la protección y el
apoyo a los defensores de los derechos humanos que se ocupan de cuestiones
ambientales, incluidos los afrodescendientes.
76.
Los Estados, las empresas, las instituciones y las personas deben desarrollar la
capacidad de reconocer la discriminación racial, con el fin de combatirla eficazmente.
Esto incluye las políticas que hagan posible un equilibrio entre la extracción y la salud
y la seguridad de las comunidades. Las empresas deberían llevar a cabo evaluaciones
del impacto en los derechos humanos y el medio ambiente como parte de sus procesos
de diligencia debida, y adoptar prácticas de subcontratación y ubicación justas que
respeten a las comunidades locales y no recurran a la explotación o la coacción para
obtener resultados favorables a expensas de las comunidades menos privilegiadas y que
tienen menor poder. Los Estados Miembros no deben eludir sus obligaciones de
supervisión, en particular con respecto a las sociedades transnacionales y las empresas
con sede fuera de las comunidades donde operan.
77.
Los Estados deberían introducir metas jurídicamente vinculantes basadas en las
directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para reducir el número de
muertes por contaminación atmosférica. Deberían garantizar que los límites nacionales
de partículas en suspensión se ajusten a los umbrales que aconseja la OMS, y trabajar
en la sensibilización de las comunidades de riesgo para ayudar a las personas a reducir
su exposición a la contaminación atmosférica. También es preciso aumentar la
capacidad de vigilancia de la calidad del aire. Asimismo, los profesionales médicos y de
enfermería deben comunicar los efectos adversos de la contaminación atmosférica
sobre la salud a los pacientes y a los cuidadores de estos.
78.
Los Estados también deberían apoyar a África y a otros países afectados por el
legado del colonialismo, así como a los pequeños agricultores de ascendencia africana
—sobre todo cuando se trate de mujeres o productores locales de alimentos que crean
resiliencia y comunidades habitables en contextos de crisis— e invertir en ellos. Las
inversiones en programas de resiliencia ante el clima ayudan a los agricultores a
adaptarse y preservan la seguridad alimentaria.
79.
Las naciones desarrolladas, las empresas multinacionales y los inversores
deberían ayudar a elaborar nuevos modelos de desarrollo sostenibles, como la energía
sostenible. Deberían apoyar los planes de recuperación de la COVID-19 destinados a
reducir radicalmente las emisiones de carbono en África y en las comunidades
afrodescendientes de la diáspora. También deberían trabajar de manera diligente e
inmediata para migrar de los sistemas energéticos extractivos a la energía sostenible,
para exigir que las empresas asuman sus responsabilidades respecto de la
contaminación del agua, para garantizar el acceso de las comunidades al agua potable
y para lograr que las medidas contra la pobreza se consideren fundamentales en la
preparación climática.
80.
Las múltiples crisis ligadas al cambio climático, el resto de manifestaciones de la
degradación ambiental, la desigualdad racial y la pandemia de COVID-19 exigen
esfuerzos de recuperación que den prioridad a las mujeres, a los jóvenes y a otras
comunidades marginadas. Las políticas de inmigración de los Gobiernos deberían dar
cabida a los inmigrantes climáticos y a otras personas que se desplazan por motivos
relacionados con el cambio climático, y responder a sus necesidades. Los Gobiernos
también deberían incorporar la resiliencia ante el clima en los programas globales de
nutrición y seguridad alimentaria para África y las comunidades afrodescendientes.
Deberían apoyar las estrategias de sistemas alimentarios que mitiguen las emisiones
causadas tanto por la producción como por el consumo de alimentos.
81.
Los Estados deberían reconocer los derechos de los afrodescendientes a los
territorios ancestrales y valorar la relevancia de los conocimientos ancestrales en la
mitigación del cambio climático; y desarrollar políticas y programas de fomento de la
GE.21-09167
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