A/RES/53/160
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Tomando nota de la resolución 1998/61 de la Comisión de Derechos Humanos, de 21 de abril de
19985,
Habiendo examinado el informe del Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre
la situación de los derechos humanos en la República Democrática del Congo6, y tomando nota del
informe del Equipo de Investigación del Secretario General encargado de investigar las violaciones graves
de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario cometidas en la República Democrática
del Congo7,
1. Expresa su grave preocupación por la repercusión que tiene el actual conflicto en la República
Democrática del Congo sobre la situación de los derechos humanos en ese país y sus efectos nefastos en
la población civil;
2. Toma nota del informe del Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre la
situación de los derechos humanos en la República Democrática del Congo6;
3. Expresa su preocupación por el empeoramiento de la situación de los derechos humanos en la
República Democrática del Congo, agravado por el actual conflicto en el país y por las reiteradas
violaciones de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio
de la República Democrática del Congo, en particular por las ejecuciones sumarias y arbitrarias, las
desapariciones, la tortura, las palizas, los encarcelamientos y las detenciones arbitrarios, la violencia sexual
contra mujeres y niños y el uso de niños soldados;
4. Insta a todas las partes en el conflicto a que tomen las medidas oportunas para impedir que las
fuerzas a su mando violen los derechos humanos y el derecho internacional humanitario, y a que se
abstengan de instigar el odio étnico y de perseguir a los civiles en razón de su nacionalidad u origen
étnico;
5.
Apoya todos los esfuerzos regionales encaminados a lograr un arreglo pacífico del conflicto;
6. Exhorta al Gobierno de la República Democrática del Congo a que cumpla las obligaciones que
ha asumido con arreglo a los instrumentos de derechos humanos internacionales en los que es parte la
República Democrática del Congo y a que fomente y proteja los derechos humanos y las libertades
fundamentales;
7. Destaca la necesidad de que el Gobierno de la República Democrática del Congo asista y proteja
a la población civil, incluidos los refugiados y las personas desplazadas internamente en el territorio de
la República Democrática del Congo;
5
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1998, Suplemento No. 3 (E/1998/23),
cap. II, secc. A.
6
E/CN.4/1998/65 y Corr.1.
7
Documentos Oficiales del Consejo de Seguridad, quincuagésimo tercer año, Suplemento de abril, mayo
y junio de 1998, documento S/1998/581, anexo.
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