A/RES/53/160 Página 3 8. Alienta al Gobierno de la República Democrática del Congo a que siga permitiendo que el Comité Internacional de la Cruz Roja tenga acceso sin trabas a todas las personas que se encuentran arrestadas en el territorio de la República Democrática del Congo, y exhorta a otras partes a que también permitan dicho acceso; 9. Subraya la necesidad de levantar las restricciones a la labor de las organizaciones no gubernamentales y de garantizar el respeto de la libertad de opinión y expresión y de la libertad de asociación; 10. Recuerda y acoge con beneplácito el compromiso asumido por el Gobierno de la República Democrática del Congo de iniciar un proceso de democratización que conduzca, por medio del establecimiento de instituciones democráticas y la celebración de elecciones, a la creación de un Estado basado en el imperio de la ley y el respeto de los derechos humanos gobernado con representatividad y responsabilidad, y exhorta al Gobierno de la República Democrática del Congo a que cree las condiciones necesarias para que ese proceso de democratización sea genuino y global y tenga en cuenta plenamente las aspiraciones del pueblo; 11. Acoge con beneplácito el establecimiento por el Gobierno de la República Democrática del Congo de la Comisión Constitucional, que inició sus labores el 5 de noviembre de 1997, y la elaboración por ésta de un nuevo proyecto de Constitución, y alienta a realizar un debate público amplio y sostenido sobre los principios de la nueva Constitución antes de celebrar un referéndum; 12. Acoge también con beneplácito el compromiso, expresado por el Gobierno de la República Democrática del Congo, de reformar y restablecer la eficacia del sistema judicial, y exhorta al Gobierno a que tome todas las medidas oportunas a tal efecto; 13. Recuerda el informe del Equipo de Investigación del Secretario General encargado de investigar las violaciones graves de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario cometidas en la República Democrática del Congo7, y exhorta al Gobierno de la República Democrática del Congo a que investigue, sin demora, las acusaciones que figuran en el informe del Equipo de Investigación y a que enjuicie a toda persona de quien se sepa que haya participado en masacres, atrocidades u otras violaciones del derecho internacional humanitario; 14. Deplora que el Gobierno de la República Democrática del Congo no haya cooperado con el Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos, e insta al Gobierno a que permita al Relator Especial visitar el país; 15. Acoge con beneplácito las actividades de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en la República Democrática del Congo, y alienta al Gobierno de la República del Congo a que coopere plenamente con esas actividades; 16. Exhorta a la comunidad internacional a que brinde asistencia en la esfera de los derechos humanos, en particular a la Oficina de Derechos Humanos, con miras a reforzar su capacidad para que siga verificando e informando sobre la situación de los derechos humanos en la República Democrática del Congo, apoye las iniciativas del Gobierno de la República Democrática del Congo para afianzar el imperio de la ley y la administración de justicia, y brinde al país la asistencia necesaria para la formación /...

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