A/RES/59/250
las necesidades de desarrollo específicas de los países receptores, según se requiere
en sus programas nacionales;
63. Destaca la necesidad de que la variedad y el nivel de conocimientos y
experiencia reunidos por el sistema de las Naciones Unidas al nivel de los países
guarden proporción con los que son necesarios para cumplir las prioridades
establecidas en el Marco de Asistencia de las Naciones Unidas para el Desarrollo de
los respectivos países, con arreglo a las estrategias y planes de desarrollo
nacionales, incluidos los documentos de estrategia de lucha contra la pobreza,
cuando los haya, y sea acorde con las necesidades y los requisitos de apoyo técnico
y de creación de capacidad de los países en desarrollo;
64. Subraya el principio de que ninguna función básica de la Secretaría debe
confiarse a órganos operacionales, en particular sobre el terreno, sin la debida
compensación financiera;
65. Invita a los órganos rectores de las organizaciones del sistema de las
Naciones Unidas para el desarrollo a considerar formas de fortalecer su capacidad
en los países, incluso mediante la adopción de medidas complementarias en sus
sedes;
VII
Evaluación de las actividades operacionales para el desarrollo
66. Pide al Secretario General que siga evaluando la eficacia de las
actividades operacionales para el desarrollo del sistema de las Naciones Unidas,
incluso, en particular, mediante la evaluación del uso efectivo de todas las
capacidades disponibles para proporcionar una respuesta amplia y flexible a la
demanda de apoyo para el desarrollo de los países en desarrollo, y que informe
sobre los resultados de su evaluación en el contexto de la próxima revisión trienal
de la política en su sexagésimo segundo período de sesiones;
67. Reafirma que la eficacia de las actividades operacionales debe evaluarse
en función de sus consecuencias para las iniciativas de erradicación de la pobreza, el
crecimiento económico y el desarrollo sostenible de los países receptores;
68. Subraya que las futuras evaluaciones de la eficacia de las actividades
operacionales para el desarrollo del sistema de las Naciones Unidas deben utilizar
plenamente los datos y conocimientos disponibles en el sistema y los de las
autoridades nacionales, en plena colaboración con los interlocutores nacionales y las
entidades de las Naciones Unidas;
69. Reconoce la necesidad de optimizar la vinculación de la evaluación con
el desempeño en lo que respecta al logro de los objetivos de desarrollo, y alienta al
sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo a fortalecer sus actividades de
evaluación, concentrándose en particular en los resultados de desarrollo, incluso
mediante el uso eficaz de la matriz de resultados del Marco de Asistencia de las
Naciones Unidas para el Desarrollo, y la utilización sistemática de los enfoques de
vigilancia y evaluación a nivel de todo el sistema y la promoción de enfoques
colaborativos de la evaluación, incluidas las evaluaciones conjuntas, y alienta
además al Grupo de Evaluación de las Naciones Unidas a que, bajo la dirección de
la Junta de los Jefes Ejecutivos de las Naciones Unidas para la coordinación, siga
avanzando hacia la colaboración a nivel de todo el sistema en materia de evaluación,
en particular en la armonización y simplificación de metodologías, reglas y normas
y ciclos de evaluación;
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