A/RES/70/135
Naciones Unidas
Distr. general
23 de febrero de 2016
Asamblea General
Septuagésimo período de sesiones
Tema 65 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 17 de diciembre de 2015
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/70/483)]
70/135. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para
los Refugiados
La Asamblea General,
Habiendo examinado el informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas
para los Refugiados sobre las actividades de su Oficina 1 y el informe del Comité
Ejecutivo del Programa del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Refugiados sobre la labor realizada en su 66º período de sesiones 2 y las decisiones
que figuran en él,
Recordando sus resoluciones anuales anteriores sobre las actividades de la
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados
aprobadas desde que fue establecida por la Asamblea General,
Expresando profunda preocupación por que el número de personas
desplazadas por la fuerza a causa de conflictos, persecuciones, violencia y otros
motivos, entre ellos el terrorismo, ha alcanzado las cotas más elevadas desde la
Segunda Guerra Mundial,
Observando con profunda preocupación que, a pesar de la enorme generosidad
demostrada por los países de acogida y los donantes, incluidas unas cotas de
financiación humanitaria sin precedentes, la brecha entre las necesidades y la
financiación humanitaria sigue aumentando,
Reconociendo que los desplazamientos
consecuencias humanitarias y para el desarrollo,
forzados
tienen,
entre
otras,
Expresando su reconocimiento por el liderazgo demostrado por el Alto
Comisionado,
Encomiando al personal de la Oficina del Alto Comisionado y a sus asociados
por la competencia, valentía y dedicación con que cumplen su cometido,
Subrayando su firme condena de todas las formas de violencia a las que están
cada vez más expuestos el personal de asistencia humanitaria, el personal de las
Naciones Unidas y el personal asociado,
_______________
1
Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo período de sesiones, Suplemento núm. 12
(A/70/12).
2
Ibid., Suplemento núm. 12A (A/70/12/Add.1).
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