A/RES/64/174
internacionales, para promover el respeto universal de los derechos humanos y las
libertades fundamentales de todos y el ejercicio de tales derechos y libertades, y
para eliminar todas las formas de discriminación racial y todas las formas de
intolerancia religiosa,
Acogiendo con beneplácito la aprobación en su resolución 56/6, de 9 de
noviembre de 2001, del Programa Mundial para el Diálogo entre Civilizaciones,
Acogiendo con beneplácito también las aportaciones hechas a la promoción del
respeto de la diversidad cultural por la Conferencia Mundial contra el Racismo, la
Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia,
celebrada en Durban (Sudáfrica) del 31 de agosto al 8 de septiembre de 2001,
Acogiendo con beneplácito además la Declaración Universal sobre la
Diversidad Cultural de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación,
la Ciencia y la Cultura 5 y su correspondiente Plan de Acción 6, aprobados el 2 de
noviembre de 2001 por la Conferencia General de la Organización de las Naciones
Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura en su 31ª reunión, en que los
Estados miembros invitaron al sistema de las Naciones Unidas y a otras
organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales interesadas a cooperar
con la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la
Cultura en la promoción de los principios enunciados en la Declaración y en su Plan
de Acción con miras a reforzar la sinergia de las medidas adoptadas en favor de la
diversidad cultural,
Tomando nota de la Reunión Ministerial del Movimiento de los Países No
Alineados sobre derechos humanos y diversidad cultural, celebrada en Teherán los
días 3 y 4 de septiembre de 2007,
Reafirmando que todos los derechos humanos son universales, indivisibles,
interdependientes y están relacionados entre sí, que la comunidad internacional debe
tratar los derechos humanos en forma global y de manera justa y equitativa, en pie
de igualdad y con la misma atención y que, si bien debe tenerse en cuenta la
importancia de las particularidades nacionales y regionales, así como de los diversos
patrimonios históricos, culturales y religiosos, los Estados tienen el deber, sean
cuales fueren sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y
proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales,
Reconociendo que la diversidad cultural y el proceso de desarrollo cultural de
todos los pueblos y naciones son fuente de enriquecimiento mutuo para la vida
cultural de la humanidad,
Teniendo en cuenta que una cultura de paz fomenta activamente la no violencia
y el respeto de los derechos humanos y refuerza la solidaridad entre los pueblos y
naciones y el diálogo entre culturas,
Reconociendo que todas las culturas y civilizaciones comparten un acervo
común de valores universales,
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Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, Actas de la Conferencia
General, 31ª reunión, París, 15 de octubre a 3 de noviembre de 2001, vol. 1, Resoluciones, cap. V,
resolución 25, anexo I.
6
Ibíd., anexo II.
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