A/RES/78/221
Situación de los derechos humanos en los territorios de Ucrania
ocupados temporalmente, incluidas la República Autónoma
de Crimea y la ciudad de Sebastopol
b)
Cumpla íntegra e inmediatamente lo dispuesto en las providencias de la
Corte Internacional de Justicia de 19 de abril de 2017 y 16 de marzo de 2022;
c)
Adopte todas las medidas necesarias para poner fin de inmediato a todas
las violaciones y los abusos del derecho internacional de los derechos humanos y las
violaciones del derecho internacional humanitario contra los residentes de los
territorios de Ucrania controlados u ocupados temporalmente, en particular al uso
denunciado de medidas y prácticas discriminatorias, detenciones y arrestos
arbitrarios, violaciones y abusos en el marco de los procedimientos de filtración,
desapariciones forzosas, torturas y otros tratos o penas crueles, inhumanos o
degradantes, y violencia sexual y de género, incluso para obligar a las personas
detenidas a incriminarse o a “cooperar” con los encargados de hacer cumplir la ley,
garantice que se celebren juicios justos, revoque todas las leyes de carácter
discriminatorio y obligue a rendir cuentas a los autores de esas violaciones y abusos
velando por que se investiguen todas las denuncias de forma independiente, imparcial
y efectiva;
d)
Se abstenga de detener o enjuiciar a residentes de los territorios de Ucrania
controlados u ocupados temporalmente por actos no delictivos cometidos u opiniones
expresadas, incluso en los comentarios o publicaciones de medios sociales, y ponga
en libertad a todos los residentes que hayan sido detenidos o encarcelados por esos
motivos;
e)
Respete las leyes en vigor en Ucrania, derogue las leyes que ha impuesto
ilícitamente en los territorios de Ucrania controlados u ocupados temporalmente que
permiten los desalojos forzosos y la confiscación de bienes privados, incluso de
tierras, en contravención del derecho internacional aplicable, y respete los derechos
de propiedad de todos los antiguos propietarios afectados por confiscaciones
anteriores;
f)
Ponga inmediatamente en libertad, sin condiciones previas, a los
ciudadanos ucranianos que ha detenido ilegalmente, así como a los que ha trasladado
o deportado, y les permita regresar a Ucrania;
g)
Informe del número de personas deportadas de los territorios de Ucrania
controlados u ocupados temporalmente a la Federación de Rusia y revele su identidad,
y adopte medidas inmediatas para hacer posible el regreso voluntario de esas personas
a Ucrania;
h)
Ponga fin a la práctica de colocar a los detenidos en celdas de aislamiento
como método de intimidación;
i)
Monitoree y atienda las necesidades médicas de todos los ciudadanos
ucranianos, incluidos los detenidos y condenados ilegalmente por motivos políticos
en los territorios de Ucrania controlados u ocupados temporalmente y la Federación
de Rusia, y permita que el estado de salud y las condiciones de reclusión de esos
presos sean monitoreados por observadores internacionales independientes y médicos
de prestigiosas organizaciones internacionales de la salud, como el Comité Europeo
para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes y
el Comité Internacional de la Cruz Roja, e investigue de manera efectiva todas las
muertes ocurridas durante la reclusión;
j)
Defienda, con arreglo al derecho internacional, hasta su puesta en libertad,
los derechos de los presos y detenidos ucranianos en los territorios de Ucrania
controlados u ocupados temporalmente y la Federación de Rusia, incluidos los que
están en huelga de hambre, y la alienta a que respete las Reglas Mínimas de las
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