A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/50/179
28 de febrero de 1996
Quincuagésimo período de sesiones
Tema 112 b) del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/50/635/Add.2)]
50/179.
Fortalecimiento del estado de derecho
La Asamblea General,
Recordando que, al adoptar la Declaración Universal de Derechos
Humanos 1/, los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en
cooperación con las Naciones Unidas, la promoción del respeto universal y la
observancia de los derechos humanos y libertades fundamentales,
Firmemente convencida de que, como se destaca en la Declaración
Universal de Derechos Humanos, el estado de derecho es esencial para la
protección de los derechos humanos,
Convencida de que los Estados, por conducto de sus propios ordenamientos
jurídicos y judiciales, deben proporcionar recursos civiles, penales y
administrativos adecuados en caso de violaciones de derechos humanos,
Reconociendo la importancia de la función que puede desempeñar el Centro
de Derechos Humanos de la Secretaría en la labor de apoyo a las actividades
nacionales encaminadas a afianzar las instituciones del estado de derecho,
Teniendo presente que, en su resolución 48/141, de 20 de diciembre de
1993, la Asamblea General encomendó al Alto Comisionado de las Naciones Unidas
para los Derechos Humanos, entre otras cosas, que proporcionara, por
intermedio del Centro y otras instituciones apropiadas, servicios de
asesoramiento y asistencia técnica y financiera en la esfera de los derechos
humanos, que ampliara la cooperación internacional para la promoción y
protección de todos los derechos humanos y que coordinara las actividades de
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96-76978
Resolución 217 A (III).
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