A/RES/49/169 Página 4 para garantizar el respeto de los principios de protección de los refugiados, así como el trato humanitario de las personas que busquen asilo, en cumplimiento de las normas de derechos humanos universalmente reconocidas; 4. Exhorta a todos los Estados a que defiendan la institución del asilo como instrumento indispensable para la protección internacional de los refugiados y que respeten escrupulosamente el principio fundamental de la no devolución; 5. Reitera la importancia de garantizar a todas las personas que soliciten protección internacional el acceso a procedimientos equitativos y eficientes para determinar la condición de refugiado o a otros mecanismos, según convenga, para asegurar que se identifique y se otorgue protección internacional a las personas que la necesiten, sin disminuir la protección acordada a los refugiados en virtud de la Convención de 1951 y el Protocolo de 1967 y de instrumentos regionales pertinentes; 6. Pide a todos los Estados que ayuden y apoyen a la Alta Comisionada en sus esfuerzos por seguir brindando protección y asistencia internacional de conformidad con las resoluciones pertinentes de la Asamblea General, a personas que se han visto obligadas a huir o a permanecer fuera de sus países de origen como resultado de un peligro para su vida o su libertad creado por situaciones de conflicto, y por encontrar solución a los problemas creados por su desplazamiento forzado; 7. Reconoce la conveniencia de estudiar nuevas medidas para asegurar la protección internacional a todos los que la necesiten, incluida protección temporal y otras formas de asilo orientadas hacia la repatriación, en situaciones de conflicto o persecuciones que entrañen grandes corrientes de refugiados y en las que el regreso al país de origen se considere la solución duradera más apropiada, e insta a la Alta Comisionada a que continúe fomentando la cooperación internacional y que emprenda nuevas consultas y deliberaciones relativas a las medidas necesarias para alcanzar este objetivo, reconociendo el valor de los arreglos internacionales a este respecto; 8. Subraya la importancia de la solidaridad internacional y la distribución de la carga en la tarea de reforzar la protección internacional de los refugiados e insta a todos los Estados, así como a las organizaciones no gubernamentales a que, conjuntamente con la Oficina del Alto Comisionado, cooperen en los esfuerzos para aligerar la carga que soportan los Estados que han acogido a grandes números de refugiados y de personas que buscan asilo; 9. Reitera que la repatriación voluntaria, cuando es factible, es la solución ideal a los problemas de los refugiados, insta a los países de origen, a los países de asilo, a la Oficina del Alto Comisionado y a la comunidad internacional en general a que hagan todo lo posible para que los refugiados puedan ejercer libremente su derecho a regresar con seguridad y dignidad, garantizando que se les siga concediendo la protección internacional hasta ese momento y, facilitando, cuando sea necesario, el regreso y la reintegración de los refugiados repatriados y exhorta además a la Alta Comisionada a que, en cooperación con los Estados interesados, promueva, facilite y coordine la repatriación voluntaria de los refugiados, velando por su seguridad y bienestar después de su regreso; 10. Pide una respuesta más concertada de la comunidad internacional a las necesidades de las personas desplazadas dentro de sus países y, de /...

Select target paragraph3