A/HRC/RES/21/21 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 17 de octubre de 2012 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 21º período de sesiones Tema 10 de la agenda Asistencia técnica y fomento de la capacidad Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos* 21/21. Fortalecimiento de la cooperación técnica y fomento de la capacidad en la esfera de los derechos humanos El Consejo de Derechos Humanos, Guiado por los propósitos y principios de las Naciones Unidas, especialmente en relación con el logro de la cooperación internacional para promover y fomentar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición, Reafirmando que la Carta de las Naciones Unidas impone a los Estados la obligación de promover el respeto universal y efectivo de los derechos humanos y las libertades fundamentales, Reconociendo que el fortalecimiento de la cooperación internacional es esencial para la promoción y protección efectivas de los derechos humanos, Poniendo de relieve que la promoción y la protección de los derechos humanos deben basarse en los principios de la cooperación y el diálogo genuino y obedecer al propósito de reforzar la capacidad de los Estados de prevenir violaciones de los derechos humanos y cumplir sus obligaciones en materia de derechos humanos en beneficio de toda la humanidad, Recordando el mandato del Consejo de Derechos Humanos de promover la prestación de servicios de asesoramiento y asistencia técnica y el fomento de la capacidad en consulta con los Estados interesados y con su consentimiento, y las disposiciones de las resoluciones del Consejo 5/1 y 5/2, de 18 de junio de 2007, y 16/21, de 25 de marzo de 2011, cuyo objeto es permitir que el Consejo cumpla ese mandato, * Las resoluciones y decisiones aprobados por el Consejo de Derechos Humanos se publicarán en el informe del Consejo sobre su 21º período de sesiones (A/HRC/21/2), cap. I. GE.12-17651 (S) 301012 311012

Select target paragraph3