A/RES/71/170 Intensificación de los esfuerzos para prevenir y eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas: la violencia doméstica respalden las iniciativas nacionales para promover el empoderamiento de la mujer y la niña y la igualdad entre los géneros a fin de mejorar las iniciativas nacionales para eliminar la violencia contra las mujeres y las niñas, incluida la violencia doméstica, incluso ayudando a los países que lo soliciten a preparar y aplicar planes de acción nacionales para eliminar la violencia contra las mujeres y las niñas, por ejemplo, mediante la asistencia oficial para el desarrollo y otros tipos de asistencia adecuada, como la facilitación del intercambio de directrices, metodologías y mejores prácticas, teniendo en cuenta las prioridades nacionales; 19. Destaca que en el sistema de las Naciones Unidas deben asignarse recursos suficientes a la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU-Mujeres) y a otros órganos, a los organismos especializados, fondos y programas encargados de promover la igualdad entre los géneros, el empoderamiento de las mujeres y los derechos humanos de las mujeres y las niñas, y a las iniciativas emprendidas en todo el sistema de las Naciones Unidas para prevenir y eliminar la violencia contra las mujeres y las niñas, incluida la violencia doméstica, y exhorta al sistema de las Naciones Unidas a que facilite el apoyo y los recursos necesarios; 20. Destaca también la importancia de la Base de Datos Mundial del Secretario General sobre la Violencia contra la Mujer, expresa su aprecio a todos los Estados que han aportado información a la Base de Datos, entre otras cosas, acerca de las políticas y los marcos jurídicos que han adoptado para eliminar la violencia contra las mujeres y las niñas y apoyar a las víctimas de dicha violencia, alienta enérgicamente a todos los Estados a que aporten periódicamente información actualizada a la Base de Datos, y exhorta a todas las entidades competentes del sistema de las Naciones Unidas a que sigan ayudando a los Estados que lo soliciten a reunir y actualizar periódicamente la información correspondiente y aumentar el conocimiento de la Base de Datos entre todos los interesados pertinentes, incluida la sociedad civil; 21. Reconoce la labor realizada por la División de Estadística del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de la Secretaría, en respuesta a la solicitud de la Comisión de Estadística, con el fin de elaborar directrices de apoyo a los Estados Miembros para la preparación de estadísticas sobre la violencia contra las mujeres y las niñas; 22. Exhorta a todos los órganos, entidades, fondos y programas y los organismos especializados de las Naciones Unidas, e invita a las instituciones de Bretton Woods, a que intensifiquen sus esfuerzos a todos los niveles para eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas y a que coordinen mejor su labor con miras a incrementar el apoyo efectivo a las iniciativas nacionales para prevenir y eliminar la violencia doméstica contra la mujer y la niña; 23. Solicita a la Relatora Especial del Consejo de Derechos Humanos sobre la violencia contra las mujeres, sus causas y consecuencias que en sus períodos de sesiones septuagésimo segundo y septuagésimo tercero le presente un informe anual; 24. Solicita al Secretario General que en su septuagésimo tercer período de sesiones le presente un informe que contenga: a) Información proporcionada por los órganos, fondos y programas y los organismos especializados de las Naciones Unidas sobre las actividades de seguimiento que han llevado a cabo en cumplimiento de la resolución 69/147 y de la 12/13

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