Derechos de los pueblos indígenas
A/RES/74/135
25. Invita a los Estados Miembros a que consideren la posibilidad de
establecer mecanismos nacionales con fondos suficientes para que se celebre con
éxito el Decenio Internacional de las Lenguas Indígenas en colaboración con los
pueblos indígenas, e invita a los pueblos indígenas, como custodios de sus lenguas, a
que inicien y elaboren medidas apropiadas para celebrar el Decenio Internacional;
26. Acoge con beneplácito el acto de alto nivel para la clausura del Año
Internacional de las Lenguas Indígenas (2019), que tuvo lugar en la Sede de las
Naciones Unidas (Nueva York) el 17 de diciembre de 2019, y alienta a la
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura a que
en 2020 le presente un informe sobre todas las actividades relacionadas con el Año
Internacional;
27. Alienta a los Gobiernos a que redoblen los esfuerzos para eliminar las
peores formas de trabajo infantil, tanto en la legislación como en la práctica, en el
contexto del respeto de los derechos humanos de los niños indígenas, incluso
mediante la cooperación internacional, según proceda;
28. Alienta también a los Gobiernos a promover la adopción de medidas para
eliminar la malnutrición entre los niños indígenas, en especial los que viven en zonas
rurales, proporcionándoles alimentos, agua y saneamiento suficient es, así como
educación, servicios sanitarios y servicios básicos, y a aplicar medidas para erradicar
la pobreza;
29. Alienta a las empresas transnacionales y otras empresas a respetar los
derechos humanos, incluidos los derechos de los niños indígenas, y a eliminar las
peores formas de trabajo infantil de sus operaciones;
30. Recalca la necesidad de garantizar a las mujeres y las niñas indígenas, a
todos los niveles, la igualdad en la protección de la ley y la igualdad ante los
tribunales y, con ese fin, la importancia de impartir capacitación sobre cuestiones de
género de manera sistemática, según proceda, a la policía y las fuerzas de seguridad,
fiscales, jueces y abogados, integrar las consideraciones de género en las iniciativas
de reforma del sector de la seguridad, elaborar protocolos y directrices y reforzar o
poner en práctica medidas apropiadas de rendición de cuentas para los árbitros;
31. Alienta a los Estados y las entidades del sistema de las Naciones Unidas a
que refuercen la cooperación internacional, entre otras cosas para subsanar las
desventajas que afrontan los pueblos indígenas, y a que incrementen la cooperación
técnica y la asistencia financiera a este respecto;
32. Alienta a la Organización Mundial de la Salud, el Fondo de las Nacion es
Unidas para la Infancia y otros organismos, fondos y programas competentes de las
Naciones Unidas a que, con arreglo a sus mandatos, lleven a cabo investigaciones y
reúnan pruebas sobre la prevalencia y las causas fundamentales del suicidio entre los
jóvenes y los niños indígenas y sobre las buenas prácticas de prevención, y a que
estudien la posibilidad de elaborar, según corresponda y en cooperación con los
Estados Miembros, estrategias o políticas que estén en consonancia con las
prioridades nacionales para hacer frente a ese problema, incluso mediante la
celebración de consultas con los pueblos indígenas, en particular con las
organizaciones de jóvenes indígenas;
33. Toma nota con aprecio de la labor llevada a cabo bajo la dirección de los
Presidentes de la Asamblea General en sus períodos de sesiones septuagésimo,
septuagésimo primero, septuagésimo segundo y septuagésimo tercero para celebrar
consultas con los Estados Miembros, los representantes y las instituciones de los
pueblos indígenas de todas las regiones del mundo y los mecanismos existentes de las
Naciones Unidas sobre posibles medidas para que los representantes y las
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