A/RES/60/286 Tomando nota con reconocimiento del informe del Grupo de Trabajo Especial sobre la Revitalización de la Asamblea General establecido en virtud de la resolución 59/313 1, Decide aprobar el texto que figura en el anexo de la presente resolución. 99ª sesión plenaria 8 de septiembre de 2006 Anexo La Asamblea General, Grupo temático I. Función y autoridad de la Asamblea General En el contexto de un mayor fortalecimiento de la función y la autoridad de la Asamblea General, de conformidad con lo establecido en la Carta de las Naciones Unidas, 1. Reafirma la función y la autoridad de la Asamblea General, incluso respecto de cuestiones relacionadas con la paz y la seguridad internacionales, según lo estipulado en los Artículos 10 a 14 y 35 de la Carta de las Naciones Unidas, utilizando cuando corresponda los procedimientos enunciados en los artículos 7 a 10 del reglamento de la Asamblea, que permiten una actuación rápida y urgente de la Asamblea, teniendo presente que el Consejo de Seguridad tiene la responsabilidad primordial del mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales de conformidad con el Artículo 24 de la Carta; 2. Insta a los Presidentes de la Asamblea General, el Consejo de Seguridad y el Consejo Económico y Social a que se reúnan periódicamente a fin de asegurar una mayor cooperación y coordinación de sus programas de trabajo de conformidad con las respectivas responsabilidades que les confiere la Carta; el Presidente de la Asamblea informará periódicamente a los Estados Miembros acerca de los resultados de dichas reuniones; 3. Recomienda que se celebren en la Asamblea General debates temáticos interactivos sobre cuestiones de actualidad de importancia decisiva para la comunidad internacional e invita al Presidente de la Asamblea a proponer temas para dichos debates interactivos, en consulta con los Estados Miembros; 4. Invita al Consejo de Seguridad a impulsar sus iniciativas destinadas a mejorar la calidad del informe anual que presenta a la Asamblea General según lo estipulado en el párrafo 3 del Artículo 24 de la Carta, a fin de proporcionar a la Asamblea un informe sustantivo y analítico; 5. Al hacer la evaluación de las deliberaciones relativas al informe anual del Consejo de Seguridad que se pide en el párrafo 12 del anexo de la resolución 51/241, de 31 de julio de 1997, el Presidente informará a la Asamblea General de su decisión sobre la necesidad de seguir examinando el informe del Consejo, incluso en lo que se refiere a la convocación de consultas oficiosas, sobre la necesidad y el contenido de las medidas que la Asamblea podría adoptar sobre la base de las deliberaciones, así como sobre cualquier asunto que se haya de señalar a la atención del Consejo; _______________ 1 2 A/60/999.

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