A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/52/47
31 de diciembre de 1997
Quincuagésimo segundo período de sesiones
Tema 80 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/52/609)]
52/47.
Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción y el
almacenamiento de armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y sobre
su destrucción
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones anteriores relativas a la prohibición completa y efectiva de las armas
bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y a su destrucción,
Observando con satisfacción que son partes en la Convención sobre la prohibición del desarrollo, la
producción y el almacenamiento de armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y sobre su destrucción1
ciento cuarenta Estados, incluidos todos los miembros permanentes del Consejo de Seguridad,
Teniendo presente su exhortación a todos los Estados partes en la Convención a que participen en
la aplicación de las recomendaciones de las Conferencias de examen, incluido el intercambio de
información y datos convenido en la Declaración Final de la Tercera Conferencia de las Partes encargada
del examen de la Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción y el almacenamiento de
armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y sobre su destrucción2, y a que proporcionen al Secretario
General dicha información y datos, de conformidad con el procedimiento establecido, a más tardar el 15
de abril de cada año,
Recordando su resolución 46/35 A, aprobada sin votación el 6 de diciembre de 1991, en la cual
acogió con satisfacción, entre otras cosas, el establecimiento, con arreglo a lo recomendado por la Tercera
1
Resolución 2826 (XXVI), anexo.
2
BWC/CONF.III/23, parte II.
97-77782
/...