A/RES/51/87
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Consciente de la importancia de la coordinación de las actividades de
promoción y protección de los derechos humanos que realizan los órganos de las
Naciones Unidas que actúan en la esfera de los derechos humanos,
Tomando nota con reconocimiento de las iniciativas adoptadas por varios
órganos creados en virtud de tratados de elaborar medidas de alerta anticipada
y procedimientos urgentes, en el marco de sus mandatos, para impedir que se
produzcan o se repitan violaciones graves de los derechos humanos,
Expresando su preocupación al observar que la insuficiencia de recursos
que padece el Centro de Derechos Humanos de la Secretaría constituye un
obstáculo para que los órganos creados en virtud de tratados cumplan
eficazmente sus mandatos,
Reafirmando su responsabilidad de velar por el buen funcionamiento de
los órganos creados en virtud de tratados, y reafirmando también la
importancia de:
a)
Velar por que la presentación de informes periódicos de los
Estados partes en esos instrumentos funcione con eficacia;
b)
Obtener recursos financieros, humanos y de información suficientes
para superar las dificultades que actualmente se oponen al funcionamiento
eficaz de esos órganos;
c)
Promover el aumento de la eficacia y la eficiencia mediante una
mejor coordinación de las actividades de los órganos de las Naciones Unidas
que actúan en la esfera de los derechos humanos, teniendo en cuenta la
necesidad de evitar la duplicación y superposición innecesaria de sus mandatos
y funciones;
d)
Tener en cuenta la cuestión de las obligaciones de presentar
informes y la de las consecuencias financieras cada vez que se preparen nuevos
instrumentos de derechos humanos,
Tomando nota del informe del Secretario General3,
1.
Acoge con satisfacción el informe de la séptima reunión de los
presidentes de órganos creados en virtud de tratados sobre derechos humanos,
celebrada en Ginebra del 16 al 20 de septiembre de 19964, y toma nota de sus
conclusiones y recomendaciones;
2.
Alienta a intensificar la labor para determinar medidas para
aplicar en forma más eficaz los instrumentos de las Naciones Unidas sobre
derechos humanos;
3.
Subraya la necesidad de que los órganos creados en virtud de
tratados cuenten con suficientes recursos financieros, de personal y de
información para desarrollar sus actividades y, en vista de ello:
3
A/51/425.
4
A/51/482, anexo.
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