A/RES/55/88 de 1993 6, se insta a todos los Estados a que garanticen la protección de los derechos humanos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, Destacando la importancia de crear y promover condiciones que fomenten una mayor armonía y tolerancia entre los trabajadores migratorios y el resto de la sociedad del Estado en que residen, a fin de eliminar las crecientes manifestaciones de racismo y xenofobia por parte de individuos y grupos contra los trabajadores migratorios en ciertos sectores de muchas sociedades, Recordando su resolución 45/158, de 18 de diciembre de 1990, en que aprobó y abrió a la firma, ratificación y adhesión la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, Teniendo presente que en la Declaración y Programa de Acción de Viena se invita a los Estados a que consideren la posibilidad de firmar y ratificar la Convención lo antes posible, 1. Expresa su profunda preocupación por las crecientes manifestaciones de racismo, xenofobia y otras formas de discriminación y trato inhumano o degradante dirigidas contra trabajadores migratorios en diversas partes del mundo; 2. Observa con beneplácito que algunos Estados Miembros han firmado o ratificado la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares o se han adherido a ella; 3. Exhorta a todos los Estados Miembros a que, en vista de la celebración del décimo aniversario de la adopción de la Convención, consideren, como cuestión prioritaria, la posibilidad de firmar y ratificar la Convención o de adherirse a ella, expresa la esperanza de que entre en vigor en una fecha próxima y señala que, de conformidad con el artículo 87 de la Convención, sólo se necesitan otras seis ratificaciones o adhesiones para que entre en vigor; 4. Pide al Secretario General que proporcione todas las facilidades y la asistencia necesarias para la promoción de la Convención mediante la Campaña Mundial de Información Pública sobre los Derechos Humanos y el programa de servicios de asesoramiento en materia de derechos humanos; 5. Acoge con beneplácito la Campaña Mundial en pro de la entrada en vigor de la Convención e invita a las organizaciones y los organismos del sistema de las Naciones Unidas y a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales a que intensifiquen más su labor con miras a difundir información sobre la Convención y hacer que se comprenda su importancia; 6. Acoge también con beneplácito la labor de la Relatora Especial sobre los derechos humanos de los migrantes en relación con la Convención y la alienta a que persevere en ella; 7. Toma nota del informe del Secretario General 7 y le pide que le presente un informe actualizado sobre la situación de la Convención en su quincuagésimo sexto período de sesiones; 6 A/CONF.157/24 (Part I), cap. III. A/55/205. 7 2

Select target paragraph3

Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents