A/HRC/56/58
consecuencias de tales decisiones sobre la libertad académica tienen múltiples dimensiones:
la investigación está cada vez más orientada al mercado; los estudiantes son considerados
clientes, lo que lleva a la inflación de títulos; las universidades funcionan como empresas y
su personal se considera “parte interesada”; se da más preeminencia a las clasificaciones, los
principios del libre mercado y el emprendimiento; se refuerza la posición dominante de las
revistas depredadoras basadas en regímenes de propiedad intelectual perjudiciales para la
investigación científica y académica77; y se generan conflictos de intereses. Un planteamiento
que reduce la educación a un producto de mercado es incompatible con la libertad académica,
en virtud de la cual los investigadores deben realizan investigaciones limitadas únicamente
por sus propios principios éticos, su buen juicio y la evaluación de sus colegas.
D.
Vigilancia de los centros de enseñanza, el personal y los alumnos
60.
La vigilancia en los centros de enseñanza suele ejercerse mediante una combinación
de modalidades, tanto físicas como en línea, que generan un entorno generalizado de
intimidación.
61.
La vigilancia física puede traducirse en presencia policial en las escuelas, visitas de la
policía a las universidades y a los académicos críticos con el gobierno y uso de drones para
sobrevolar los campus. La Relatora Especial ha recibido información sobre casos de agentes
de policía que han fotografiado a empleados y estudiantes y han registrado los teléfonos
móviles del personal, obligándolos a desbloquearlos para comprobar que no estaban suscritos
a “recursos extremistas” prohibidos78 y a responder a cuestionarios al regresar del
extranjero79, con falta de transparencia e incertidumbre sobre el fundamento jurídico de tales
prácticas.
62.
La inviolabilidad de las instituciones educativas, especialmente en la enseñanza
superior, que es contraria a la vigilancia y el hostigamiento en sus instalaciones, constituye
un elemento integral de la autonomía institucional y una garantía de la libertad académica.
En muchos países se prohíbe la entrada del personal policial o militar en los centros
educativos sin autorización previa, salvo en circunstancias excepcionales, por ejemplo para
prevenir o investigar delitos y faltas o en caso de desastres naturales. Sin embargo, estas
normas generales no se aplican en todas partes. Por ejemplo, la información recibida indica
que en algunos países se han vulnerado repetidamente las salvaguardias institucionales 80 y
que, en otros, no existe ninguna limitación al acceso del personal policial o militar a los
centros educativos81. También se han señalado casos en que la policía o el ejército pueden
entrar libremente en los centros de enseñanza, a menos que sean privados o de educación
superior, y se ha indicado que algunos Estados han prohibido unilateralmente los acuerdos
de prohibición de la entrada de las fuerzas del orden82. En otros países, las normas permiten
a la policía o al ejército actuar en los campus igual que en cualquier otro lugar, sin distinción
alguna83. Al parecer, han aumentado los casos de intervención en los recintos universitarios
por motivos de orden público sin el permiso de las autoridades académicas 84. Preocupan
asimismo a la Relatora Especial las informaciones que indican que en algunas intervenciones
policiales, incluso en escuelas para niños pequeños, se ha desnudado y registrado a niños y
jóvenes o se han sometido a “detenciones públicas” y “juicios públicos” humillantes e
intimidatorios. También le preocupan los anuncios de que en algunos países se realizarán
más registros policiales en las escuelas para prevenir el terrorismo y la agitación, en particular
en el contexto del conflicto armado en Gaza. A este respecto, suscita preocupación el posible
perfilado racial del personal y los estudiantes.
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A/HRC/28/57, párr. 79.
Véase la comunicación presentada por Respect-Protect-Fulfill (Belarús).
Por ejemplo, en Tailandia, véase la comunicación presentada por Human Rights Watch.
Véase, por ejemplo, la comunicación presentada por la International Community of Iranian
Academics.
Véase la comunicación presentada por Armenia.
Por ejemplo, en Filipinas, véase la comunicación presentada por Alliance of Concerned Teachers.
Véase la comunicación presentada por la Association of Swedish Higher Education Institutions.
Véase la comunicación presentada por la Federazione Lavoratori della Conoscenza.
GE.24-07473