Intensificación de los esfuerzos para prevenir y eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas: el entorno digital A/RES/79/152 comunicación, las feministas y las defensoras de los derechos humanos, entre otras cosas garantizando una detección proactiva y rápida y una respuesta adecuada y eficaz para prevenir las amenazas, el acoso y la violencia, y las ejecuciones extrajudiciales, y para luchar contra la impunidad asegurando que los responsables de tales infracciones y abusos, incluidas la violencia y las amenazas sexuales y de género, también en contextos digitales, comparezcan ante la justicia sin dilación y rindan cuentas tras la realización de investigaciones imparciales; p) Adoptando medidas para hacer frente al uso del discurso de odio, tanto en línea como en otros entornos, contra las mujeres y las niñas, en particular las que se encuentren en situaciones de vulnerabilidad y las que puedan ser objeto de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia, de conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos, incluido el derecho a la libertad de expresión; q) Promoviendo la participación plena, igualitaria y significativa y el liderazgo de las jóvenes y, cuando corresponda, las adolescentes en los procesos decisorios haciendo frente a los obstáculos específicos en cuanto al género y fomentando y creando espacios en que puedan expresar su opinión sobre todas las cuestiones pertinentes para ellas, garantizando su acceso pleno e igualitario a una educación de calidad, que incluya la alfabetización digital, la tecnología y el desarrollo de aptitudes, los programas de liderazgo y mentoría, un mayor apoyo técnico y financiero, así como la participación plena, igualitaria y significativa de las mujeres en la fuerza de trabajo tecnológica, en particular en la computación en la nube, el desarrollo de software e inteligencia artificial y la gestión de datos, y como empresarias, innovadoras, investigadoras y ejecutivas y líderes de la industria, y observando que las políticas y programas para lograr la paridad de género en ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas deben hacer recaer la responsabilidad de impulsar el cambio en los responsables de crear lugares de trabajo y entornos educativos propicios para promover la representación de las mujeres y las niñas de distintos orígenes; r) Previniendo, combatiendo y prohibiendo todas las formas de discriminación, intimidación, acoso y violencia, tanto en línea como en otros entornos, que impiden a las mujeres y a las niñas disfrutar plenamente de todos sus derechos humanos y libertades fundamentales, y adoptando todas las medidas necesarias para subsanar la brecha digital de género, en particular apoyando iniciativas que fortalezcan la alfabetización y las competencias digitales, mediáticas e informacionales de las mujeres y las niñas, incluidas las relacionadas con la protección de los datos personales y la ciberseguridad, y para garantizar la igualdad de acceso de las mujeres y las niñas al diseño y el consumo de las tecnologías de la información y las comunicaciones, promoviendo la alfa betización digital, mediática e informacional y la conectividad para permitir la participación de todas las mujeres y las niñas en la educación y la formación, combatiendo al mismo tiempo los nuevos avances tecnológicos que pueden perpetuar los patrones de desigualdad y discriminación existentes, incluso en los datos y algoritmos utilizados en las soluciones basadas en la inteligencia artificial, mejorando la resiliencia frente a los efectos nocivos de la información errónea y la desinformación; s) Promoviendo la sanidad digital, incluidas las tecnologías sanitarias digitales, las herramientas digitales, la telemedicina y la sanidad móvil, para lograr la cobertura sanitaria universal, en particular tratando todas las enfermedades transmisibles y no transmisibles, incluidas las enfermedades transmitidas por el agua y las enfermedades tropicales desatendidas, para proporcionar información sobre nutrición, estilos de vida saludables y salud prenatal y posnatal, y para garantizar el acceso universal a los servicios de atención sanitaria sexual y reproductiva, incluidos 24-24142 13/19

Select target paragraph3