Intensificación de los esfuerzos para prevenir y eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas: el entorno digital A/RES/79/152 que esa labor se aborde con eficacia y se centre en las víctimas y las supervivientes, respetando al mismo tiempo los derechos y priorizando las necesidades de las supervivientes, incluidas las de grupos que corran un riesgo particular o puedan ser blanco concreto de ataques, entre otras cosas mediante la investigación, el enjuiciamiento y el castigo de quienes sean responsables de tales actos y el fortalecimiento de los mecanismos nacionales de justicia para acabar con la impunidad, la eliminación de los obstáculos que impiden el acceso de las mujeres y las niñas a la justicia, la creación de mecanismos para la presentación de denuncias e informes y la prestación de apoyo y servicios a las víctimas y supervivientes; z) Comprometiendo, educando, animando y apoyando a los hombres y a los niños para que sean modelos positivos de conducta para la igualdad de género y para que promuevan las relaciones basadas en el respeto, eviten y condenen todas las formas de discriminación y violencia contra las mujeres y las niñas, comprendan mejor los efectos nocivos de la violencia para las víctimas y las supervivientes y para la sociedad en su conjunto, se vean alentados a manifestarse en defensa de los derechos de las mujeres y las niñas en línea y en el entorno digital, y asuman su responsabilidad y rindan cuentas de su conducta, particularmente la que perpetúa los estereotipos de género y las normas sociales negativas, como las ideas falsas sobre la masculinidad que sustentan la discriminación y la violencia contra las mujeres y las niñas, y se responsabilicen de su conducta sexual y reproductiva y del reparto equitativo de las responsabilidades con respecto al trabajo doméstico y de cuidados; aa) Exigiendo responsabilidades a las personas que ocupan cargos de autoridad, ya sea en el ámbito público o privado, como los maestros, los líderes religiosos y comunitarios, las autoridades tradicionales, los políticos y los agentes del orden que no cumplan o defiendan las leyes y los reglamentos relativos a la violencia contra las mujeres y las niñas, tanto en línea como en otros entornos, con el fin de prevenir ese tipo de violencia y darle respuesta de una manera que tenga en cuenta el género, para acabar con la impunidad y evitar el abuso de poder que conduce a la violencia contra las mujeres y las niñas y la revictimización de las víctimas y supervivientes de esa violencia; 6. Insta también a los Estados a que adopten medidas inmediatas y efectivas para prevenir y eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas que se producen o amplifican por el uso de la tecnología, y para apoyar y proteger a todas las víctimas y supervivientes del siguiente modo: a) Actuando con la diligencia debida y velando por que exista legislación encaminada a prevenir e investigar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas, incluida la violencia que se produce o amplifica por el uso de la tecnología, enjuiciar y exigir responsabilidades a los autores de ese tipo de hechos, eliminar la impunidad y proporcionar a las víctimas y las supervivientes acceso efectivo a vías de recurso y reparaciones adecuadas, garantizando la protección de las mujeres y las niñas, entre otras cosas la debida aplicación de los recursos civiles, las órdenes de protección y las sanciones penales, así como facilitándoles centros de acogida, atención de la salud mental y psicosocial, asesoramiento, atención de la salud y otros tipos de servicios de apoyo, a fin de evitar la revictimización, promoviendo un entorno que las empodere, y contribuyendo de ese modo a que las mujeres y las niñas que han sido víctimas de actos de violencia puedan disfrutar todos sus derechos humanos y libertades fundamentales; b) Eliminando todas las barreras que impiden el acceso de las mujeres a la justicia y los mecanismos de rendición de cuentas y velando por que todas ellas tengan acceso a información sobre sus derechos y a servicios efectivos de asistencia jurídica para que puedan tomar decisiones fundadas sobre acciones judiciales y cuestiones relativas al derecho de familia, entre otras cosas, y asegurando también que tengan 24-24142 15/19

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