Intensificación de los esfuerzos para prevenir y eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas: el entorno digital A/RES/79/152 Expresando profunda preocupación por las continuas denuncias de graves abusos y actos de violencia cometidos contra mujeres y niñas migrantes, tanto en línea como en otros entornos, incluidos actos de violencia sexual, explotación y abusos sexuales, violencia doméstica, asesinatos por razones de género, en particular feminicidios, actos y expresiones de racismo y xenofobia, discriminación, prácticas laborales abusivas, condiciones de explotación en el trabajo y trata de personas, incluidos los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, teniendo en cuenta al mismo tiempo las dificultades especiales que pueden encontrar las trabajadoras migratorias para acceder a la justicia y reconociendo las dificultades que existen para reconocer las positivas contribuciones que realizan, Expresando su preocupación porque los incidentes de intolerancia racial y religiosa, discriminación y violencia conexa contra las mujeres y las niñas siguen aumentando en todo el mundo, incluso en el entorno digital, a causa de los estereotipos raciales y religiosos negativos, y condenando, en ese contexto, la apología del odio nacional, racial o religioso que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia, e instando a los Estados a que adopten medidas eficaces, en consonancia con las obligaciones que les incumben en virtud del derecho internacional de los derechos humanos, para afrontar y combatir tales incidentes, Profundamente preocupada por el hecho de que las mujeres y las niñas con discapacidad corren mayor riesgo de sufrir violencia en razón de estereotipos que las deshumanizan, infantilizan, cosifican, excluyen o aíslan, Reafirmando el derecho a elegir libremente cónyuge, a contraer matrimonio solo por su libre albedrío y su pleno consentimiento y a tener el control y decidir de manera libre y responsable sobre las cuestiones relacionadas con la sexualidad, incluida la salud sexual y reproductiva, sin coacción, discriminación ni violencia, y reconociendo que la igualdad en lo que concierne a las relaciones sexuales y la reproducción, incluido el pleno respeto de la dignidad, la integridad y la autonomía, es fundamental para prevenir y eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas, Observando que las mujeres y las niñas experimentan, tanto en línea como en otros entornos, violaciones y abusos específicos en función del género de su derecho a la intimidad, que se consagra en el artículo 17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y reconociendo que la forma en que muchas plataformas digitales están diseñadas, comercializadas, mantenidas y administradas puede dar lugar a desinformación, información errónea y discursos de odio, que pueden exacerbar los estereotipos de género, exponer desproporcionadamente a las mujeres y las niñas a diversas formas de violencia y socavar la protección de datos y la realización de todos los derechos de las mujeres y las niñas, Destacando la preocupación por el creciente uso indebido de los medios sociales, las plataformas digitales en línea e Internet, así como de las tecnologías digitales, para socavar los derechos de las mujeres y las niñas, por ejemplo atacando su salud sexual y reproductiva y sus derechos reproductivos, que deben protegerse de conformidad con el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, la Plataforma de Acción de Beijing y los documentos finales de sus conferencias de examen, Reconociendo que los familiares contribuyen a combatir la violencia contra las mujeres y las niñas, incluida la violencia doméstica y la violencia en el entorno digital, y que pueden desempeñar un papel importante para prevenir esa violencia, y poniendo de relieve las responsabilidades que corresponden a los hombres en cuanto compañeros, padres y cuidadores en el reparto equitativo del trabajo doméstico y de cuidados no remunerado como medio para que las mujeres puedan participar en mayor medida en la toma de decisiones en la vida pública y el mercado laboral, 24-24142 5/19

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