A/RES/49/159
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Manifestando asimismo su reconocimiento por la labor de la Conferencia
Internacional sobre la prevención y la represión del blanqueo de dinero y el
empleo del producto del delito: un enfoque mundial, celebrada en Courmayeur
(Italia), del 18 al 20 de junio de 1994 y organizada por el Consejo Consultivo
Internacional Científico y Profesional del programa de las Naciones Unidas en
materia de prevención del delito y justicia penal y por el Gobierno de Italia,
bajo los auspicios de la Subdivisión de Prevención del Delito y Justicia Penal
de la Secretaría,
Tomando nota de las iniciativas regionales adoptadas en la materia, como
la Conferencia sobre las Drogas y la Delincuencia Organizada, celebrada entre
los países de la Unión Europea y los países de Europa central y oriental y
cuyos resultados constan en la Declaración de Berlín de 8 de septiembre
de 1994, la 15ª reunión en la cumbre de Presidentes centroamericanos,
celebrada en Guácimo, Limón (Costa Rica), del 18 al 20 de agosto de 1994, la
Convención sobre estupefacientes y sustancias sicotrópicas de la Asociación
del Asia Meridional para la Cooperación Regional, así como la Declaración de
la 16ª sesión plenaria de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso
de Drogas de la Organización de los Estados Americanos, que se celebró en
Santiago en octubre de 1994,
Reconociendo que la delincuencia transnacional organizada es una de las
principales preocupaciones de todos los países y requiere una acción
concertada de la comunidad internacional,
Subrayando la necesidad de intensificar y mejorar la cooperación
internacional a todos los niveles y de dar mayor eficacia a la cooperación
técnica para ayudar a los Estados en su lucha contra la delincuencia
transnacional organizada,
1.
Expresa su reconocimiento al Gobierno de Italia por haber acogido
la Conferencia Ministerial Mundial sobre la Delincuencia Transnacional
Organizada;
2.
Toma nota con reconocimiento de las conclusiones y recomendaciones
de la Conferencia 1/;
3.
Aprueba la Declaración Política y el Plan de Acción Mundial de
Nápoles contra la Delincuencia Transnacional Organizada 2/ e insta a los
Estados a que los pongan en práctica con carácter urgente;
4.
Pide al Secretario General que transmita la Declaración Política y
el Plan de Acción Mundial de Nápoles contra la Delincuencia Transnacional
Organizada a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal para que
adopte las medidas que proceda, al tiempo que recomienda que se otorgue un
grado de prioridad más elevado al programa de las Naciones Unidas en materia
de prevención del delito y justicia penal en el marco de las Naciones Unidas;
5.
Exhorta a todas las entidades del sistema de las Naciones Unidas,
en particular a las comisiones regionales y los organismos especializados, y a
las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales competentes, a
1/
Véase A/49/748.
2/
Ibíd., secc. I.A.
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