A/RES/60/131 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 26 de enero de 2006 Sexagésimo período de sesiones Tema 62 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 16 de diciembre de 2005 [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/60/501)] 60/131. Aplicación del Programa de Acción Mundial para los Impedidos: realización de los objetivos de desarrollo del Milenio para las personas con discapacidad La Asamblea General, Recordando los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, y reafirmando las obligaciones establecidas en los instrumentos de derechos humanos pertinentes, incluidas la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer 1 y la Convención sobre los Derechos del Niño 2, Recordando también sus resoluciones pertinentes, en particular la resolución 37/52, de 3 de diciembre de 1982, en la que aprobó el Programa de Acción Mundial para los Impedidos 3, la resolución 48/96, de 20 de diciembre de 1993, en la que aprobó las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, y la resolución 58/132, de 22 de diciembre de 2003, así como las resoluciones pertinentes del Consejo Económico y Social y sus comisiones orgánicas, Recordando además la aprobación de la Declaración del Milenio el 8 de septiembre de 2000 4 y del Documento Final de la Cumbre Mundial 2005 el 16 de septiembre de 2005 5 por los Jefes de Estado y de Gobierno, subrayando la necesidad de promover y proteger el pleno disfrute de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad, y reconociendo la importancia de incorporar la perspectiva de la discapacidad en la aplicación de los resultados de las grandes conferencias y cumbres de las Naciones Unidas, con miras a lograr los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluidos los expuestos en la Declaración del Milenio, Observando con reconocimiento las iniciativas y medidas adoptadas por los gobiernos para aplicar el Programa de Acción Mundial, así como las Normas _______________ 1 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1249, No. 20378. Ibíd., vol. 1577, No. 27531. 3 A/37/351/Add.1 y Corr.1, anexo, secc. VIII, recomendación I (IV). 4 Véase resolución 55/2. 5 Véase resolución 60/1. 2 05-49549

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