A/RES/60/131
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
26 de enero de 2006
Sexagésimo período de sesiones
Tema 62 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 16 de diciembre de 2005
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/60/501)]
60/131. Aplicación del Programa de Acción Mundial para los
Impedidos: realización de los objetivos de desarrollo del
Milenio para las personas con discapacidad
La Asamblea General,
Recordando los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, y
reafirmando las obligaciones establecidas en los instrumentos de derechos humanos
pertinentes, incluidas la Convención sobre la eliminación de todas las formas de
discriminación contra la mujer 1 y la Convención sobre los Derechos del Niño 2,
Recordando también sus resoluciones pertinentes, en particular la resolución
37/52, de 3 de diciembre de 1982, en la que aprobó el Programa de Acción Mundial
para los Impedidos 3, la resolución 48/96, de 20 de diciembre de 1993, en la que
aprobó las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas
con discapacidad, y la resolución 58/132, de 22 de diciembre de 2003, así como las
resoluciones pertinentes del Consejo Económico y Social y sus comisiones
orgánicas,
Recordando además la aprobación de la Declaración del Milenio el 8 de
septiembre de 2000 4 y del Documento Final de la Cumbre Mundial 2005 el 16 de
septiembre de 2005 5 por los Jefes de Estado y de Gobierno, subrayando la necesidad
de promover y proteger el pleno disfrute de todos los derechos humanos y libertades
fundamentales de las personas con discapacidad, y reconociendo la importancia de
incorporar la perspectiva de la discapacidad en la aplicación de los resultados de las
grandes conferencias y cumbres de las Naciones Unidas, con miras a lograr los
objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluidos los expuestos en la
Declaración del Milenio,
Observando con reconocimiento las iniciativas y medidas adoptadas por los
gobiernos para aplicar el Programa de Acción Mundial, así como las Normas
_______________
1
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1249, No. 20378.
Ibíd., vol. 1577, No. 27531.
3
A/37/351/Add.1 y Corr.1, anexo, secc. VIII, recomendación I (IV).
4
Véase resolución 55/2.
5
Véase resolución 60/1.
2
05-49549