Modalidades de Acción Acelerada para los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo (Trayectoria de Samoa) A/RES/69/15 e) Integrar de manera transversal las políticas y los programas relacionados con la reducción del riesgo de desastres, la adaptación al cambio climático y el desarrollo, según proceda; f) Armonizar los sistemas nacionales y regionales de presentación de informes, cuando proceda, para incrementar las sinergias y la coherencia; g) Establecer y reforzar servicios de seguro contra riesgos en los planos nacional y regional, y centrar las políticas y estrategias en la gestión del riesgo de desastres y el aumento de la resiliencia, según proceda; h) Aumentar la participación en las iniciativas internacionales y regionales de reducción del riesgo de desastres. Océanos y mares 53. Reconocemos que los océanos y los mares, junto con las zonas costeras, son un componente esencial del ecosistema terrestre y están intrínsecamente vinculados al desarrollo sostenible, incluido el de los pequeños Estados insulares en desarrollo. La salud, productividad y resiliencia de los océanos y las costas son cruciales para lograr, entre otras cosas, la erradicación de la pobreza, el acceso a alimentos suficientes, inocuos y nutritivos, los medios de subsistencia, el desarrollo económico y los servicios esenciales de los ecosistemas, incluido el secuestro del carbono, y constituyen un elemento importante de la identidad y cultura de la población de los pequeños Estados insulares en desarrollo. La pesca y la acuicultura sostenibles, el turismo costero, el posible aprovechamiento de los recursos de los fondos marinos y las fuentes potenciales de energías renovables son algunos de los principales fundamentos de una economía sostenible de los pequeños Estados insulares en desarrollo basada en los océanos. 54. Reconociendo que los pequeños Estados insulares en desarrollo tienen extensas zonas marítimas y han demostrado un notable liderazgo en la conservación y la utilización sostenible de esas zonas y sus recursos, respaldamos sus esfuerzos por elaborar y aplicar estrategias para la conservación y la utilización sostenible de esas zonas y recursos. También apoyamos los esfuerzos que realizan para conservar su valioso patrimonio cultural subacuático. 55. Reafirmamos que el derecho internacional, reflejado en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar24, proporciona el marco jurídico para la conservación y la utilización sostenible de los océanos y sus recursos. 56. Reconociendo la preocupación por las consecuencias ambientales para los ecosistemas marinos y costeros de los pequeños Estados insulares en desarrollo de las posibles fugas de petróleo procedentes de buques estatales hundidos, y teniendo en cuenta el carácter delicado de todo lo que se refiera a esos buques, que son tumbas marinas, señalamos que los pequeños Estados insulares en desarrollo y los dueños de los buques deben continuar examinando la cuestión bilateralmente y caso por caso. 57. Reconocemos que para optimizar actividades relacionadas con los océanos en los ecosistemas. Este planteamiento científicos disponibles, prestar la debida las oportunidades es preciso enfocar las desde un planteamiento integrado y basado debe partir de los mejores conocimientos atención a las actividades de conservación _______________ 24 14/33 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1834, núm. 31363.

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