Derechos del niño A/RES/73/155 informes temáticos referidos a los nuevos problemas, entre ellos la prevención de la violencia en la primera infancia; 56. Recomienda que el Secretario General prorrogue el mandato de la Representante Especial del Secretario General sobre la Violencia contra los Niños, conforme a lo establecido en los párrafos 58 y 59 de su resolución 62/141, de 18 de diciembre de 2007, por un período adicional de tres años, y siga apoyando el desempeño efectivo e independiente del mandato de la Representante Especial y la sostenibilidad de dicho mandato, financiado con cargo al presupuesto ordinario; 57. Insta a todos los Estados, solicita a los organismos, fondos y programas de las Naciones Unidas e invita a las organizaciones regionales y a la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales, a que cooperen con la Representante Especial del Secretario General sobre la Violencia contra los Niños para seguir impulsando la aplicación de las recomendaciones del estudio de las Naciones Unidas sobre la violencia contra los niños y apoyando a los Estados Miembros en el contexto de la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 30, alienta a los Estados a que presten apoyo a la Representante Especial, en particular suficiente apoyo financiero de carácter vol untario, para que siga desempeñando de forma eficaz e independiente su mandato, e invita a las organizaciones, incluido el sector privado, a que hagan contribuciones voluntarias a este fin; 58. Recuerda el párrafo 52 d) de su resolución 69/157, de 18 de diciembre de 2014, en el que invitó al Secretario General a que encargara un estudio mundial a fondo sobre los niños privados de libertad, financiado mediante contribuciones voluntarias, recuerda también el párrafo 88 de su resolución 71/177 y el párrafo 37 de su resolución 72/245, en que invitó al experto independiente designado a que le presentase un informe final en su septuagésimo cuarto período de sesiones, y en ese sentido, alienta a los Estados Miembros y a los organismos, fondos, programas y oficinas de las Naciones Unidas, así como a otros interesados pertinentes, a que apoyen la elaboración del estudio y contribuyan a ella; 59. Decide: a) Solicitar al Secretario General que en su septuagésimo cuarto período de sesiones le presente un informe amplio sobre los derechos del niño que contenga información relativa a la situación de la Convención sobre l os Derechos del Niño y las cuestiones a las que se hace referencia en la presente resolución, prestando especial atención a los niños privados del cuidado de sus padres; b) Solicitar a la Representante Especial del Secretario General para la Cuestión de los Niños y los Conflictos Armados que siga presentando informes, tanto a la Asamblea General como al Consejo de Derechos Humanos, sobre las actividades emprendidas en cumplimiento de su mandato, con información de sus visitas sobre el terreno y sobre los progresos alcanzados y los desafíos que subsisten en relación con la cuestión de los niños y los conflictos armados; c) Solicitar a la Representante Especial del Secretario General para la Cuestión de los Niños y los Conflictos Armados en el desempeño de s u mandato de protección de los niños en situaciones de conflicto armado, de conformidad con las resoluciones pertinentes de la Asamblea General y del Consejo de Seguridad, que siga interactuando de manera proactiva con los órganos y organismos competentes de las Naciones Unidas, los Estados Miembros, las organizaciones regionales y subregionales y los grupos armados no estatales, por ejemplo negociando planes de acción, obteniendo compromisos, promoviendo mecanismos de respuesta apropiados y velando por que se preste atención a las conclusiones y recomendaciones del Grupo de Trabajo del Consejo de Seguridad sobre los Niños y los Conflictos Armados y se 18-22250 17/18

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