A/RES/73/155
Derechos del niño
niños, la familia y los jóvenes, así como los defensores del menor independientes u otras
instituciones nacionales para promover y proteger los derechos del niño,
Reconociendo también que la familia tiene la responsabilidad primordial en el
cuidado y la protección de los niños, de manera que redunde en el interés superior de
estos, y que los niños, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, deben
crecer en el seno de una familia y en un ambiente de felicidad, amor y comprensión,
Observando con aprecio la labor de promoción y protección de los derechos del
niño que realizan, en el marco de sus mandatos respectivos, todos los órganos,
organismos, entidades y organizaciones competentes del sistema de las Naciones
Unidas, los titulares de mandatos y procedimientos especiales competentes de la
Organización y las organizaciones regionales, según proceda, y las organizaciones
intergubernamentales pertinentes, y reconociendo la valiosa función que desempeñan
las instituciones nacionales de derechos humanos y la sociedad civil, incluidas las
organizaciones no gubernamentales,
Observando la convocación de reuniones internacionales, regionales y
nacionales con el objetivo de eliminar todas las formas de violencia contra los niños,
incluido todo castigo violento de los niños, y alentando a que se adopten medidas
adicionales a este respecto,
Reconociendo la importancia de las iniciativas y asociaciones internacionales,
regionales y bilaterales de múltiples interesados para impulsar la protección y
promoción efectivas de los derechos del niño y la eliminación de la violencia contra
los niños,
Observando los esfuerzos encaminados a promover y proteger el derecho a la
educación y facilitar la continuación de la educación en situaciones de conflicto
armado,
Profundamente preocupada porque la situación de los niños en muchas partes
del mundo sigue siendo crítica, en un entorno cada vez más globalizado, a causa de
la persistencia de la pobreza, la desigualdad social, las condiciones sociales y
económicas precarias, la desigualdad de género, las pandemias, en particular el
VIH/sida, la malaria, el cólera y la tuberculosis, los trastornos del espectro alcohólico
fetal y el síndrome de abstinencia neonatal, las enfermedades no transmisibles, la falta
de acceso al agua potable y a servicios de saneamiento, los daños ambientales, el
cambio climático, los desastres naturales, los conflictos armados, la ocupación
extranjera, los desplazamientos, la hambruna, la violencia, el terrorismo, el maltrato,
todas las formas de explotación, inclusive la explotación sexual de menores con fines
comerciales, como la prostitución infantil, la utilización de niños en la pornografía y
otro material que muestre abusos sexuales de menores, el turismo sexual con niños y
la trata de niños, entre otras cosas para su explotación laboral y sexual, así como para
la extracción y transferencia de sus órganos con fines de lucro, el abandono, el
analfabetismo, el hambre, la intolerancia, la discriminación, el racismo, la xenofobia
y la protección y el acceso a la justicia insuficientes, y convencida de que es preciso
tomar medidas urgentes y eficaces a los niveles nacional e internacional,
Profundamente preocupada también porque la situación de los niños en muchas
partes del mundo se sigue viendo afectada negativamente por los efectos prolongados
de la pobreza y la desigualdad, reafirmando que la erradicación de la pobreza en todas
sus formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema, es el mayor desafío que
enfrenta el mundo y un requisito indispensable para el desarrollo sostenible,
reconociendo que las consecuencias de la pobreza van más allá del contexto
socioeconómico y la interrelación intrínseca que existe entre la erradicación de la
pobreza y la promoción del desarrollo sostenible, subrayando a este respecto la
importancia de la implementación de la Agenda 2030 para e l Desarrollo Sostenible,
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