A/RES/57/97
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
9 de enero de 2003
Quincuagésimo séptimo período de sesiones
Tema 69 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
[sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/57/513)]
57/97.
El riesgo de proliferación nuclear en el Oriente Medio
La Asamblea General,
Teniendo presentes sus resoluciones pertinentes,
Tomando nota de las resoluciones pertinentes aprobadas por la Conferencia
General del Organismo Internacional de Energía Atómica, la última de las cuales es
la resolución GC(46)/RES/16, aprobada el 20 de septiembre de 2002 1,
Consciente de que la proliferación de las armas nucleares en la región del Oriente
Medio constituiría una grave amenaza para la paz y la seguridad internacionales,
Consciente también de la necesidad inmediata de someter todas las
instalaciones nucleares de la región del Oriente Medio al régimen de salvaguardias
totales del Organismo Internacional de Energía Atómica,
Recordando la decisión sobre los principios y objetivos para la no
proliferación nuclear y el desarme nuclear adoptada el 11 de mayo de 1995 por la
Conferencia de 1995 de las Partes encargada del examen y la prórroga del Tratado
sobre la no proliferación de las armas nucleares 2, en que la Conferencia instó a la
adhesión universal al Tratado como prioridad urgente, y exhortó a todos los Estados
que todavía no fueran partes en él a que se adhirieran al Tratado lo antes posible, en
particular los Estados que tenían instalaciones nucleares no sujetas a salvaguardias,
Reconociendo con satisfacción que, en el Documento Final de la Conferencia de
las Partes del año 2000 encargada del examen del Tratado sobre la no proliferación de
las armas nucleares, la Conferencia se comprometió a realizar esfuerzos decididos
para lograr el objetivo de que el Tratado sobre la no proliferación de las armas
nucleares sea universal, y exhortó a los Estados que aún no fueran partes en el Tratado
a que se adhirieran a él, y de esa forma aceptaran un compromiso internacional
jurídicamente vinculante de no adquirir armas nucleares ni dispositivos explosivos
_______________
1
Véase Organismo Internacional de Energía Atómica, Resoluciones y otras decisiones de la
Conferencia General, cuadragésima sexta reunión ordinaria, 16 a 20 de septiembre de 2002
[GC(46)/RES/DEC(2002)].
2
Conferencia de 1995 de las Partes encargada del examen y la prórroga del Tratado sobre la no
proliferación de las armas nucleares, Documento Final, primera parte [NPT/CONF.1995/32 (Part I)],
anexo, decisión 2.
02 54435
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