A/RES/57/302 Recordando también la resolución 1459 (2003) del Consejo de Seguridad, de 28 de enero de 2003, en la que el Consejo apoyó resueltamente el sistema de certificación del Proceso de Kimberley1, así como el proceso en curso para afinar y poner en práctica el sistema adoptado, que supone una contribución valiosa a la lucha contra el tráfico de diamantes de zonas en conflicto, Recordando además sus resoluciones 55/56, de 1° de diciembre de 2000, y 56/263, de 13 de marzo de 2002, en las que pidió la elaboración de propuestas respecto de un sistema simple y factible de certificación internacional de los diamantes en bruto, basado principalmente en los sistemas nacionales de certificación y en normas mínimas convenidas internacionalmente, en el marco del Proceso de Kimberley, Estimando que la introducción del sistema de certificación del Proceso de Kimberley debería reducir sustancialmente la oportunidad de que los diamantes de zonas en conflicto fomenten los conflictos armados y debería ayudar a proteger el comercio legítimo y a garantizar la aplicación efectiva de las resoluciones pertinentes relativas al comercio de diamantes de zonas en conflicto, Recordando el objetivo de asegurar que el sistema de certificación del Proceso de Kimberley sea simple, efectivo y pragmático, no obstaculice el comercio legítimo de diamantes actual ni imponga una carga indebida a los gobiernos o a la industria, en particular a los pequeños productores, y no dificulte el desarrollo de la industria del diamante, Reconociendo las importantes iniciativas que se han adoptado para hacer frente al problema de los diamantes de zonas en conflicto, en particular las de los Gobiernos de Angola, la República Democrática del Congo, Guinea y Sierra Leona, así como otros países productores, exportadores e importadores destacados, y alentando a esos Gobiernos a que continúen esas iniciativas, Reconociendo también los esfuerzos que siguen desplegando las organizaciones regionales y otros grupos de países para limitar los diamantes de zonas en conflicto, Acogiendo con beneplácito la importante contribución de la industria del diamante, en particular del Consejo Mundial del Diamante, y de la sociedad civil a las iniciativas internacionales destinadas a poner fin al comercio de diamantes de zonas en conflicto, Acogiendo también con beneplácito las iniciativas de autorregulación voluntaria de la industria del diamante anunciadas por el Consejo Mundial del Diamante, y reconociendo que un sistema de autorregulación voluntaria contribuirá, como se describe en la Declaración de Interlaken de 5 de noviembre de 2002 relativa al sistema de certificación del Proceso de Kimberley para los diamantes en bruto2, a garantizar la eficacia de los sistemas nacionales de controles internos de los diamantes en bruto, Reconociendo que el sistema de certificación del Proceso de Kimberley sólo será digno de crédito si todos los participantes han establecido sistemas internos de control para eliminar la presencia de diamantes de zonas en conflicto de la cadena de producción, exportación e importación de diamantes en bruto en sus territorios, y al mismo tiempo tienen en cuenta que las diferencias de los métodos de producción y prácticas comerciales, así como las diferencias de los controles institucionales al respecto, pueden requerir enfoques diferentes para cumplir las normas mínimas, _______________ 1 2 2 Véase A/57/489. A/57/489, anexo 2.

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