A/RES/57/182 las actividades económicas, y exhorta a los Estados a que eliminen los obstáculos que se oponen a la aplicación plena de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing y de las decisiones adoptadas en el vigésimo tercer período extraordinario de sesiones; 17. Reafirma que, a los efectos de la consecución efectiva de los objetivos estratégicos de la Plataforma de Acción de Beijing y los resultados del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones, el sistema de las Naciones Unidas debe promover una política activa y visible de incorporación de una perspectiva de género, incluso mediante la labor de la División para el Adelanto de la Mujer y la Oficina de la Asesora Especial en Cuestiones de Género y Adelanto de la Mujer y el mantenimiento de dependencias y centros relacionados con las cuestiones de género; 18. Reafirma asimismo que cabe a los órganos de las Naciones Unidas que prestan especial atención a las cuestiones de género, como el Fondo de Población de las Naciones Unidas, el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer, el Instituto Internacional de Investigaciones y Capacitación para la Promoción de la Mujer y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, una importante función en la consecución de los objetivos de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing y de los resultados del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones, y reconoce que los especialistas de género en todo el sistema de las Naciones Unidas también tienen una importante función que desempeñar al respecto; 19. Expresa su reconocimiento por la labor de promoción de la función de la mujer en la prevención y la solución de conflictos realizada por todas las organizaciones correspondientes del sistema de las Naciones Unidas; 20. Reconoce el importante papel de la mujer en la prevención y solución de conflictos y en la consolidación de la paz, la importancia de su participación plena y en condiciones de igualdad en todas las actividades encaminadas al mantenimiento y la promoción de la paz y la seguridad, y la necesidad de darle un papel mayor en la adopción de decisiones relativas a la prevención y solución de conflictos, e insta al sistema de las Naciones Unidas y a los gobiernos a intensificar sus esfuerzos a este respecto, y adoptar medidas encaminadas a asegurar y apoyar la plena participación de la mujer en todos los niveles de la adopción de decisiones y la aplicación en las actividades de desarrollo y los procesos de paz, con inclusión de la prevención y solución de conflictos, la reconstrucción después de conflictos, el establecimiento, el mantenimiento y la consolidación de la paz, así como mediante la incorporación de una perspectiva de género en esos procesos impulsados por las Naciones Unidas; 21. Pide al Secretario General que se cerciore de que todo el personal y los funcionarios de alto nivel de las Naciones Unidas, tanto en la Sede como sobre el terreno, especialmente en sus operaciones sobre éste, reciban capacitación para que incorporen una perspectiva de género en su trabajo, incluido el análisis de las repercusiones del género, y haga complementar debidamente esa capacitación; 22. Pide a todos los órganos que se ocupan de cuestiones de programas y de presupuesto, incluido el Comité del Programa y de la Coordinación, que velen por que todos los programas, planes de mediano plazo y presupuestos por programas incorporen una perspectiva de género; 5

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