A/RES/55/90 vigilancia establecido en virtud de los tratados de derechos humanos de las Naciones Unidas 7 y del informe del Secretario General al respecto 8; 5. Destaca la necesidad de que los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos cuenten con financiación y con recursos de personal y de información suficientes para su funcionamiento y, teniendo ello presente: a) Reitera su solicitud al Secretario General de que proporcione recursos suficientes a cada uno de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, utilizando al mismo tiempo en la forma más eficiente los recursos actuales, a fin de darles apoyo administrativo adecuado y mayor acceso a asesoramiento técnico e información pertinente; b) Exhorta al Secretario General a que solicite, en el presupuesto ordinario de las Naciones Unidas para el próximo bienio, los recursos necesarios a fin de proporcionar a los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos apoyo administrativo adecuado y un mayor acceso a asesoramiento técnico e información pertinente sin desviar recursos de los programas y actividades de desarrollo de las Naciones Unidas; c) Observa con satisfacción los planes de acción preparados por la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos a fin de incrementar los recursos que están a disposición de todos los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos y, de esta forma, lograr un cumplimiento más estricto de los tratados y alienta a todos los gobiernos, órganos y organismos especializados de las Naciones Unidas, organizaciones no gubernamentales y personas interesadas a que consideren la posibilidad de aportar contribuciones en respuesta al llamamiento que hizo la Alta Comisionada a fin de obtener recursos extrapresupuestarios para esos órganos hasta que sus necesidades queden cubiertas con fondos con cargo al presupuesto ordinario; 6. Alienta la labor que se está realizando a fin de determinar medidas para aplicar de manera más eficaz los instrumentos de las Naciones Unidas sobre derechos humanos; 7. Toma nota de las medidas adoptadas por cada uno de los órganos de derechos humanos creados en virtud de tratados a fin de mejorar su funcionamiento, consignadas en sus respectivos informes anuales, e insta a esos órganos y al Secretario General a que ayuden a los Estados partes a cumplir sus obligaciones en materia de presentación de informes y a reducir el atraso en el examen de informes por esos órganos; 8. Observa con agrado que los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos y el Secretario General siguen tratando de simplificar, racionalizar, hacer más transparentes y mejorar los procedimientos de presentación de informes e insta al Secretario General, a los órganos creados en virtud de tratados y a las personas que presiden esos órganos en su próxima reunión a que sigan examinando la forma de reducir la duplicación en la presentación de los informes exigidos de conformidad con los diferentes instrumentos, sin que ello redunde en desmedro de la calidad de esos informes, y de reducir en general la carga que su preparación entraña para los Estados partes, incluso mediante un examen continuo de propuestas relativas a la presentación de informes que se refieran a un número 7 8 E/CN.4/1997/74, anexo. E/CN.4/2000/98 y Add.1. 3

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