A/RES/55/90
vigilancia establecido en virtud de los tratados de derechos humanos de las Naciones
Unidas 7 y del informe del Secretario General al respecto 8;
5.
Destaca la necesidad de que los órganos creados en virtud de tratados de
derechos humanos cuenten con financiación y con recursos de personal y de
información suficientes para su funcionamiento y, teniendo ello presente:
a)
Reitera su solicitud al Secretario General de que proporcione recursos
suficientes a cada uno de los órganos creados en virtud de tratados de derechos
humanos, utilizando al mismo tiempo en la forma más eficiente los recursos
actuales, a fin de darles apoyo administrativo adecuado y mayor acceso a
asesoramiento técnico e información pertinente;
b)
Exhorta al Secretario General a que solicite, en el presupuesto ordinario
de las Naciones Unidas para el próximo bienio, los recursos necesarios a fin de
proporcionar a los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos apoyo
administrativo adecuado y un mayor acceso a asesoramiento técnico e información
pertinente sin desviar recursos de los programas y actividades de desarrollo de las
Naciones Unidas;
c)
Observa con satisfacción los planes de acción preparados por la Alta
Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos a fin de
incrementar los recursos que están a disposición de todos los órganos creados en
virtud de tratados de derechos humanos y, de esta forma, lograr un cumplimiento
más estricto de los tratados y alienta a todos los gobiernos, órganos y organismos
especializados de las Naciones Unidas, organizaciones no gubernamentales y
personas interesadas a que consideren la posibilidad de aportar contribuciones en
respuesta al llamamiento que hizo la Alta Comisionada a fin de obtener recursos
extrapresupuestarios para esos órganos hasta que sus necesidades queden cubiertas
con fondos con cargo al presupuesto ordinario;
6.
Alienta la labor que se está realizando a fin de determinar medidas para
aplicar de manera más eficaz los instrumentos de las Naciones Unidas sobre
derechos humanos;
7.
Toma nota de las medidas adoptadas por cada uno de los órganos de
derechos humanos creados en virtud de tratados a fin de mejorar su funcionamiento,
consignadas en sus respectivos informes anuales, e insta a esos órganos y al
Secretario General a que ayuden a los Estados partes a cumplir sus obligaciones en
materia de presentación de informes y a reducir el atraso en el examen de informes
por esos órganos;
8.
Observa con agrado que los órganos creados en virtud de tratados de
derechos humanos y el Secretario General siguen tratando de simplificar,
racionalizar, hacer más transparentes y mejorar los procedimientos de presentación
de informes e insta al Secretario General, a los órganos creados en virtud de tratados
y a las personas que presiden esos órganos en su próxima reunión a que sigan
examinando la forma de reducir la duplicación en la presentación de los informes
exigidos de conformidad con los diferentes instrumentos, sin que ello redunde en
desmedro de la calidad de esos informes, y de reducir en general la carga que su
preparación entraña para los Estados partes, incluso mediante un examen continuo
de propuestas relativas a la presentación de informes que se refieran a un número
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8
E/CN.4/1997/74, anexo.
E/CN.4/2000/98 y Add.1.
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