Aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas
con Discapacidad y su Protocolo Facultativo: accesibilidad
A/RES/74/144
Concienciación sobre el Autismo, que se celebró el 2 de abril de 2019 en torno al
tema “Tecnologías de apoyo, participación activa” a fin de promover la accesibilidad
de las personas con trastornos del espectro autista a tecnologías de apoyo asequibles
con miras a eliminar las barreras que impiden que participen en igualdad de
condiciones con las demás, así como el Día Mundial del Síndrome de Down, qu e se
celebró el 21 de marzo de 2019 en torno al tema “No dejar a nadie atrás en la
educación” y se centró en la educación inclusiva y accesible,
Tomando nota con aprecio que el informe sobre discapacidad y desarrollo
de 2018 11 presenta una sinopsis de la situación de la accesibilidad para las personas
con discapacidad y las lagunas que aún persisten en este sentido y define buenas
prácticas y las medidas recomendadas en materia de accesibilidad para implementar
de manera efectiva la Convención y lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible de
una manera que sea inclusiva de la discapacidad,
Recordando que las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan
deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al
interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en
la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás, incluso en relación con su acceso
al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los
sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e
instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales,
Expresando preocupación porque las mujeres y las niñas con discapacidad son
objeto de formas múltiples e interseccionales de discriminación, que limitan su goce
de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad de condiciones
con los demás, y reconociendo que lograr la igualdad de género y el empoderamiento
de todas las mujeres y las niñas es fundamental para avanzar en la consecución de
todos los Objetivos de Desarrollo Sostenible y sus metas,
Reconociendo que es importante que las personas con discapacidad puedan
acceder al entorno físico, social, económico y cultural, a la salud y la educación y a
la información y las comunicaciones, y que es necesario detectar y eliminar los
prejuicios, la discriminación, los obstáculos y las barreras que limitan el acceso de
dichas personas al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones,
incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a
otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas
urbanas como rurales, en igualdad de condiciones con las demás,
Poniendo de relieve que la accesibilidad es una condición indispensable para
que las personas con discapacidad puedan vivir de forma independiente, participar
plenamente y en igualdad de condiciones en todos los aspectos de la vida y gozar
plenamente de todos sus derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad
de condiciones con las demás, y reconociendo la importancia de las medidas de
accesibilidad, por ejemplo el uso del diseño universal y de tecnologías de apoyo,
como manera de invertir en la sociedad en su conjunto y como parte esencial de la
Agenda 2030,
Reconociendo la necesidad de tener en cuenta los desafíos específicos
relacionados con la accesibilidad a que se enfrentan las personas de edad con
discapacidad, y especialmente los que afrontan las mujeres de edad con discapacidad,
Reconociendo también la necesidad de promover y proteger los derechos
humanos de todas las personas con discapacidad, incluidas las que requieren un apoyo
más intensivo para lograr y mantener la máxima independencia, capacidad física,
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19-22245
Publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: 19.IV.4.
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