A/RES/58/251
1.
Toma nota con reconocimiento de los continuos progresos de la Comisión
en su examen del régimen de remuneración y prestaciones, en el contexto del marco
aprobado para la gestión de los recursos humanos;
Toma nota de las decisiones de la Comisión que figuran en los
2.
párrafos 35, 86 y 88 de su informe1;
B.
Arreglos contractuales
Recordando el párrafo 4 de la sección I.A de su resolución 57/285,
1.
Observa con reconocimiento la colaboración establecida entre la
Comisión y las organizaciones con objeto de estructurar un marco general para los
arreglos contractuales, dentro del cual puedan funcionar las organizaciones del
régimen común;
Toma nota de las decisiones de la Comisión que figuran en los
2.
párrafos 104 y 105 de su informe1;
C.
Movilidad
Recordando la sección V de su resolución 55/258, de 14 de junio de 2001, y la
sección I.B de su resolución 57/285,
1.
Toma nota de la decisión de la Comisión que figura en el párrafo 125 de
su informe1;
2.
Toma nota también de la decisión de la Comisión, que figura en el
párrafo 126 de su informe, de estudiar el plan de prestaciones por movilidad y
condiciones de vida difíciles en vigor, en el contexto del examen del régimen de
remuneración y prestaciones;
D.
Prestación por condiciones de vida peligrosas
Recordando la sección I.D de su resolución 57/285,
Recuerda que la prestación por condiciones de vida peligrosas es un pago de
naturaleza simbólica y pide a la Comisión que reconsidere la cuestión y decida
aprobar un aumento menor en la prestación por condiciones de vida peligrosas para
el personal local, teniendo en cuenta las opiniones expuestas por los Estados
Miembros, y le informe sobre el cumplimiento de esa petición en su quincuagésimo
noveno período de sesiones;
E.
Dietas por misión y régimen de operaciones especiales
Toma nota de la decisión de la Comisión que figura en el párrafo 154 de su
informe1;
II
Condiciones de servicio de los funcionarios del cuadro orgánico
y categorías superiores
A.
Escala de sueldos básicos/mínimos
Recordando la sección I.H de su resolución 44/198, de 21 de diciembre de
1989, en la que estableció un nivel de sueldos netos mínimos para los funcionarios
del cuadro orgánico y categorías superiores con referencia a los niveles de sueldos
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