A/RES/73/195 Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular Preámbulo 1. El presente Pacto Mundial se basa en los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas. 2. También se basa en la Declaración Universal de Derechos Humanos 2; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 3; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales3 ; los demás tratados fundamentales de derechos humanos 4; la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional 5, incluidos el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancion ar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños 6, y el Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire 7 ; la Convención sobre la Esclavitud 8 y la Convención Suplementaria sobre la Abolición de la Esclavitud, la Trata de Esclav os y las Instituciones y Prácticas Análogas a la Esclavitud 9; la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático 10; la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación en los Países Afectados por Sequía Grave o Desertificación, en Particular en África 11; el Acuerdo de París 12; y los convenios de la Organización Internacional del Trabajo sobre la promoción del tra bajo decente y la migración laboral 13, así como en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 14, la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo 15, el Marco de Sendái para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030 16 y la Nueva Agenda Urbana 17. 3. No es la primera vez que se celebran debates mundiales sobre la migración internacional: cabe recordar los avances conseguidos gracias al Diálogo de Alto Nivel sobre la Migración Internacional y el Desarrollo en 2006 y 2013, así como las contribuciones del Foro Mundial sobre Migración y Desarrollo, iniciado e n 2007. Estas plataformas prepararon el terreno para la Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes, en la que nos comprometimos a concertar un pacto mundial sobre los refugiados y aprobar el presente Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular mediante dos procesos separados. Juntos, ambos pactos mundiales constituyen marcos de cooperación internacional complementarios que cumplen los respectivos mandatos establecidos en la Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes, donde se reconoce que los migrantes y los refugiados afrontan muchos problemas comunes y tienen vulnerabilidades similares. __________________ 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 2/38 Resolución 217 A (III). Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo. La Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial; la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; la Convención sobre los Derechos del Niño; la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares; la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas; y l a Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2225, núm. 39574. Ibid., vol. 2237, núm. 39574. Ibid., vol. 2241, núm. 39574. Sociedad de las Naciones, Treaty Series, vol. LX, núm. 1414. Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 266, núm. 3822. Ibid., vol. 1771, núm. 30822. Ibid., vol. 1954, No. 33480. Aprobado en virtud de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (FCCC/CP/2015/10/Add.1, decisión 1/CP. 21). El Convenio sobre los Trabajadores Migrantes (Revisado), 1949 (núm. 97); el Convenio sobre los Trabajadores Migrantes (Disposiciones Complementarias), 1975 ( núm. 143); el Convenio sobre la Igualdad de Trato (Seguridad Social), 1962 (núm. 118); y el Convenio sobre las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos, 2011 (núm. 189). Resolución 70/1. Resolución 69/313, anexo. Resolución 69/283, anexo II. Resolución 71/256, anexo. 18-22354

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