A/RES/54/177 Página 2 Recordando sus resoluciones anteriores sobre este tema, incluida la más reciente, la resolución 53/158, de 9 de diciembre de 1998, y tomando nota de la resolución 1999/13 de la Comisión de Derechos Humanos, de 23 de abril de 19993, 1. Acoge con satisfacción el informe provisional del Representante Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en la República Islámica del Irán4; 2. Acoge con satisfacción también el compromiso expreso del Gobierno de la República Islámica del Irán de promover el respeto del estado de derecho, entre otras cosas, poniendo fin a las detenciones y arrestos arbitrarios, y de reformar el régimen jurídico y penitenciario para ajustarlo a las normas internacionales de derechos humanos en esta esfera; 3. Acoge con satisfacción además el hecho de que en la República Islámica del Irán prosiga el debate público sobre las cuestiones relativas a la gestión pública y los derechos humanos, alienta los nuevos esfuerzos para garantizar la libertad de opinión, de prensa y de actividades culturales, y celebra también el apoyo prestado por el Gobierno al desarrollo de organizaciones no gubernamentales; 4. Acoge con beneplácito los progresos hacia la democracia conseguidos con la celebración de elecciones locales en la República Islámica del Irán en febrero de 1999, confía en que las próximas elecciones a los majlis se celebren respetando plenamente el proceso democrático, y exhorta al Gobierno a que siga esforzándose por robustecer la democracia y celebrar elecciones libres y limpias; 5. Acoge con beneplácito también la misión de evaluación de las necesidades llevada a cabo por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en la República Islámica del Irán por invitación del Gobierno, así como la invitación del Gobierno al Grupo de Trabajo sobre desapariciones forzadas o involuntarias para que visite el país, y espera que esta visita se lleve a cabo pronto; 6. Acoge con beneplácito además los esfuerzos realizados por el Gobierno de la República Islámica del Irán para investigar los casos de desapariciones y asesinatos de intelectuales y activistas políticos, y exhorta al Gobierno a que siga investigando a fondo los casos con respeto de las garantías procesales y enjuicie a los autores; 7. Toma nota con interés del aumento gradual de la presencia de mujeres en la vida pública de la República Islámica del Irán, así como de los esfuerzos del Gobierno a este respecto, expresa su preocupación por la persistencia de la discriminación contra la mujer en la legislación y en la práctica, y exhorta al Gobierno a que tome nuevas medidas para garantizar el pleno disfrute por las mujeres de sus derechos humanos en condiciones de igualdad; 8. Toma nota también con interés de la atención prestada por la Comisión Islámica de Derechos Humanos a la situación de los derechos humanos en la República Islámica del Irán, y expresa su esperanza de 3 Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1999, Suplemento No. 3 (E/1999/23), cap. II, secc. A. 4 Véase A/54/365. /...

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