Seguimiento de la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento A/RES/74/125 cooperación triangular regional e internacional, para ayudar a los países en desarrollo a aplicar el Plan de Acción de Madrid, reconociendo la importancia de dicha asistencia y de la prestación de ayuda financiera; 40. Alienta a los Estados Miembros a que establezcan enfoques estratégicos y opciones normativas, o fortalezcan los existentes, en relación con la salud física y mental de las personas de edad ante la incidencia de enfermedades nuevas y emergentes, sobre todo enfermedades no transmisibles, así como en relación con la mayor esperanza de vida, prestando atención especial a promover una buena salud y satisfacer las necesidades sanitarias en un proceso continuo de atención de la salud que abarque la prevención, la detección y el diagnóstico, la gestión y la rehabilitación, el tratamiento y los cuidados paliativos, a fin de proporcionar una amplia cobertura de salud a las personas de edad; 41. Alienta a la comunidad internacional, en particular los donantes internacionales y bilaterales, a que intensifique su cooperación en apoyo a las iniciativas nacionales encaminadas a erradicar la pobreza, en consonancia con los objetivos convenidos internacionalmente, a fin de que el apoyo social y económico a las personas de edad llegue a ser sostenible y adecuado, teniendo presente que cada país es el principal responsable de su propio desarrollo económico y social; 42. Alienta también a la comunidad internacional a que apoye los esfuerzos de los países para forjar alianzas más firmes con la sociedad civil, incluidas las organizaciones de personas de edad, las instituciones académicas, las fundaciones de investigación, las organizaciones confesionales, las organizaciones comunitarias, en particular los cuidadores, y el sector privado, a fin de ayudar a crear capacidad en cuestiones relativas al envejecimiento; 43. Alienta a la comunidad internacional y los organismos competentes del sistema de las Naciones Unidas a que, en el marco de sus mandatos respectivos, apoyen los esfuerzos nacionales para aportar financiación a las iniciativas de investigación y de reunión de datos sobre el envejecimiento, según corresponda, a fin de comprender mejor los desafíos y las oportunidades que presenta el envejecimiento de la población y proporcionar a los encargados de la formulación de políticas información más precisa y específica sobre una perspectiva de género con relación al envejecimiento, así como a que incluyan indicadores que proporcionen una base empírica para el logro equitativo y la supervisión eficaz de la implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, la Nueva Agenda Urbana 19 y la formulación de políticas nacionales, y para tener una idea mejor de cómo promover el envejecimiento de una forma que no se vea afectada negativamente por la rápida urbanización y gentrificación; 44. Reconoce la importante función que ejercen diversas organizaciones internacionales y regionales dedicadas a la capacitación, la creación de capacidad, la formulación de políticas y la supervisión a nivel nacional y regional para promover y facilitar la aplicación del Plan de Acción de Madrid, y reconoce también la labor que se está llevando a cabo en distintas partes del mundo, a través de las comisiones regionales y las iniciativas regionales, así como el trabajo de institutos como el Instituto Internacional sobre el Envejecimiento (Malta) y el Centro Europeo de Políticas de Bienestar Social e Investigación (Viena); 45. Toma nota con aprecio del trabajo realizado por el Grupo Interinstitucional sobre el Envejecimiento, una red oficiosa de entidades interesadas de las Naciones Unidas para intercambiar información e integrar el envejecimiento en sus programas de trabajo sobre la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible; __________________ 19 19-22218 Resolución 71/256, anexo. 9/11

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