A/RES/57/82
Convención y en lo tocante a promover la realización oportuna y eficaz de todos sus
objetivos;
4.
Destaca también la importancia vital de la aplicación y el cumplimiento
plenos y efectivos de todas las disposiciones de la Convención;
5.
Insta a todos los Estados partes en la Convención a que cumplan total
y puntualmente las obligaciones que les impone la Convención y presten apoyo a
la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas en sus actividades de
aplicación;
6.
Destaca la importancia que tiene para la Convención que todos los
poseedores de armas químicas, instalaciones de producción de armas químicas o
instalaciones para el desarrollo de armas químicas, incluidos los Estados declarados
poseedores anteriormente, figuren entre los Estados partes en la Convención, y
acoge con beneplácito los avances logrados en ese sentido;
7.
Acoge con beneplácito la cooperación entre las Naciones Unidas y la
Organización para la Prohibición de las Armas Químicas en el marco del acuerdo en
que se definen las relaciones entre las Naciones Unidas y dicha Organización, de
conformidad con las disposiciones de la Convención;
8.
Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo octavo
período de sesiones el tema titulado “Aplicación de la Convención sobre la
Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas
Químicas y sobre su Destrucción”.
57ª sesión plenaria
22 de noviembre de 2002
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