13º Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Justicia Penal
A/RES/70/174
materia de prevención del delito y justicia penal, a fin de aplicar enfoques
innovadores para reducir el impacto de la delincuencia urbana y la violencia
relacionada con pandillas en determinadas poblaciones y lugares, fomentando la
inclusión social y las posibilidades de empleo y procurando facilitar la reinserción
social de los adolescentes y los adultos jóvenes;
e)
Adoptar medidas eficaces para prevenir y combatir el grave problema de
los delitos que repercuten en el medio ambiente, como el tráfico de especies de
fauna y flora silvestres, incluidas las protegidas por la Convención sobre el
Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres 28,
madera y productos de madera y desechos peligrosos, así como la caza furtiva,
reforzando para ello la legislación, la cooperación internacional, la creación de
capacidad, las respuestas de la justicia penal y las actividades de aplicación de la ley
encaminadas, entre otras cosas, a combatir la delincuencia organizada transnacional,
la corrupción y el blanqueo de dinero vinculado a esos delitos;
f)
Garantizar que nuestras instituciones policiales y de justicia penal
dispongan de los conocimientos especializados y la capacidad técnica necesarios
para combatir adecuadamente esas formas nuevas y emergentes de delincuencia, en
estrecha cooperación y coordinación entre sí, y prestar a esas instituciones el apoyo
financiero y estructural que necesiten;
g)
Proseguir el análisis y el intercambio de información y prácticas relativas
a otras formas de la delincuencia organizada transnacional en evolución y de diverso
impacto en los planos regional y mundial, a fin de prevenir y combatir más
eficazmente el delito y fortalecer el estado de derecho. Entre esos tipos de
delincuencia pueden figurar, según el caso, el contrabando de petróleo y sus
derivados, el tráfico ilícito de metales preciosos y piedras preciosas, la minería
ilegal, la falsificación de bienes de marca, el tráfico de órganos, sangre y tejidos
humanos y la piratería y la delincuencia organizada transnacional en el mar 29.
10. Apoyamos la creación y aplicación de procesos consultivos y
participativos en materia de prevención del delito y justicia penal, a fin de lograr la
participación de todos los miembros de la sociedad, incluidos los que se hallan
expuestos al riesgo de la delincuencia y la victimización, para dar más eficacia a
nuestra labor de prevención y reforzar la confianza pública y la confianza en los
sistemas de justicia penal. Reconocemos nuestra función de liderazgo y nuestra
responsabilidad a todos los niveles en la elaboración y aplicación de estrategias de
prevención del delito y políticas de justicia penal en los planos nacional y
subnacional. Reconocemos también que, para aumentar la eficacia y la
imparcialidad de esas estrategias, debemos adoptar medidas para garantizar la
contribución de la sociedad civil, el sector privado y las instituciones académicas,
incluida la red de institutos del programa de las Naciones Unidas en materia de
prevención del delito y justicia penal, así como los medios de comunicación, y todos
los demás interlocutores pertinentes, en la formulación y aplicación de políticas de
prevención del delito. Así pues, procuramos:
a)
Planificar y ejecutar políticas y programas amplios que fomenten el
desarrollo socioeconómico, con especial atención a la prevención del delito, incluida
_______________
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Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 993, núm. 14537.
Conforme a la definición de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal que figura en su
resolución 22/6 [véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2013, Suplemento núm. 10
y corrección (E/2013/30 y Corr.1), cap. I, secc. D].
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