A/RES/65/188
influyentes y responsables de políticas; apoyar la formación de médicos, parteras,
enfermeras y otros trabajadores de la salud en la atención obstétrica vital; e incluir
sistemáticamente la capacitación en reparación, tratamiento y atención de casos de
fístula en los programas de formación de los profesionales de la salud;
k)
Establecer medios de transporte y financiación que permitan a las
mujeres y las niñas tener acceso a la atención y el tratamiento obstétricos, y crear
incentivos y otros medios para que en las zonas rurales haya profesionales de la
salud cualificados que puedan realizar intervenciones a fin de prevenir la fístula
obstétrica;
10. Alienta la comunicación y la creación de redes entre los centros de
tratamiento de la fístula a fin de facilitar la capacitación, la investigación, las
actividades de promoción y la recaudación de fondos, así como el desarrollo y la
aplicación de normas pertinentes, en particular el documento publicado en 2006 por
la Organización Mundial de la Salud titulado Obstetric Fistula: Guiding Principles
for Clinical Management and Programme Development 11, que proporciona
información básica y principios para desarrollar estrategias y programas de
prevención y tratamiento de la fístula;
11. Insta a la comunidad internacional a que trate de resolver el problema de
la escasez de médicos, parteras, enfermeras y otros trabajadores de la salud
capacitados para prestar servicios obstétricos vitales, así como la escasez de locales
y suministros, que limita la capacidad de la mayoría de los centros de tratamiento de
la fístula;
12. Insta a los donantes multilaterales e invita a las instituciones financieras
internacionales, en el ámbito de sus mandatos respectivos, y a los bancos regionales
de desarrollo a que examinen y pongan en práctica políticas en apoyo de los
esfuerzos nacionales para asegurar que una mayor proporción de los recursos llegue
a las mujeres jóvenes y las niñas, en particular en las zonas rurales y muy apartadas;
13. Invita a los Estados Miembros a contribuir a los esfuerzos por eliminar la
fístula obstétrica, en particular a la Campaña mundial para erradicar la fístula del
Fondo de Población de las Naciones Unidas, con el fin de eliminar la fístula
obstétrica para 2015, en consonancia con el Objetivo de Desarrollo del Milenio de
mejorar la salud materna;
14. Solicita al Secretario General que en su sexagésimo séptimo período de
sesiones le presente un informe sobre la aplicación de la presente resolución, en
relación con el tema titulado “Adelanto de la mujer”.
71ª sesión plenaria
21 de diciembre de 2010
_______________
11
Organización Mundial de la Salud (Ginebra, 2006). Se
www.who.int/reproductivehealth/publications/maternal_perinatal_health/.
6
puede
consultar
en
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