A/RES/57/301
organización de sus trabajos, incluidos los de sus Comisiones Principales, y serán
útiles para los Estados Miembros, a los efectos de la planificación,
1.
Decide enmendar el artículo 1 de su reglamento para que diga lo
siguiente: “La Asamblea General se reunirá anualmente, en período ordinario de
sesiones, a partir del martes de la tercera semana de septiembre, contando desde la
primera semana en que haya al menos un día hábil”;
2.
Decide también que su debate general comience el martes siguiente a la
inauguración de su período ordinario de sesiones y se celebre sin interrupción durante
un período de nueve días hábiles;
3.
Decide además que las disposiciones de los párrafos 1 y 2 supra entren
en vigor a partir del quincuagésimo octavo período ordinario de sesiones; por lo
tanto, éste será inaugurado el martes 16 de septiembre de 2003, y el debate general
comenzará el martes 23 de septiembre de 2003 y será cerrado el viernes 3 de octubre
de 2003; por consiguiente, el quincuagésimo séptimo período ordinario de sesiones
se clausurará el lunes 15 de septiembre de 2003;
4.
Decide que el párrafo 2 supra pase a ser un anexo de su reglamento.
81ª sesión plenaria
13 de marzo de 2003
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