A/HRC/RES/57/27
incluidos los índices de referencia en materia de derechos humanos elaborados por la Experta
Independiente, las recomendaciones aceptadas en el proceso del examen periódico universal
y otros compromisos en materia de derechos humanos expuestos en la presente resolución;
23.
Recalca que la renovación del mandato de la Experta Independiente forma
parte del proceso de transición hacia una mayor interacción del Gobierno Federal de Somalia
con la Oficina del Alto Comisionado, los demás procedimientos especiales del Consejo de
Derechos Humanos y otros mecanismos de derechos humanos, con miras a determinar los
ámbitos en que se puede fomentar la capacidad y prestar asistencia técnica;
24.
Exhorta al Gobierno Federal de Somalia a que colabore estrechamente con la
Experta Independiente, la Misión de Asistencia de las Naciones Unidas en Somalia, los
asociados internacionales, la Oficina del Alto Comisionado y la sociedad civil en relación
con el plan de transición, y solicita a la Experta Independiente que incluya información
actualizada sobre dicha transición en su próximo informe al Consejo de Derechos Humanos;
25.
Reconoce el llamamiento del Gobierno Federal de Somalia para que se
refuercen la asistencia técnica y el fomento de la capacidad con objeto de apoyar las
prioridades establecidas por el Gobierno para cumplir sus índices de referencia y las
recomendaciones aceptadas por Somalia en el marco del tercer ciclo del examen periódico
universal;
26.
Reconoce también los avances logrados por Somalia y su cooperación con los
órganos de las Naciones Unidas, entre ellos la Oficina del Alto Comisionado y los titulares
del mandato de Experto(a) Independiente desde su creación en 1993, reconoce además que
la situación de los derechos humanos en Somalia determina las medidas más apropiadas que
ha de adoptar el Consejo de Derechos Humanos y, a este respecto, acoge con beneplácito el
plan de transición hacia una cooperación temática más profunda con los titulares de mandatos
de los procedimientos especiales del Consejo y otros expertos, así como con la Oficina del
Alto Comisionado, que propuso la Experta Independiente, en cooperación con el Gobierno
Federal de Somalia, en su informe más reciente4, en el que establece criterios e índices de
referencia claros para que el Consejo pueda adoptar las medidas de seguimiento adecuadas
teniendo en cuenta las recomendaciones de la Experta Independiente y los compromisos
asumidos por Somalia en materia de derechos humanos;
27.
Solicita a la Experta Independiente que siga colaborando estrechamente con el
Gobierno Federal y otras autoridades pertinentes a nivel nacional y subnacional, con todos
los órganos de las Naciones Unidas, incluida la Misión de Asistencia de las Naciones Unidas
en Somalia, la Unión Africana, la Misión de Transición de la Unión Africana en Somalia, la
Autoridad Intergubernamental para el Desarrollo y otras organizaciones internacionales
competentes, la sociedad civil y todos los mecanismos competentes de derechos humanos, y
que ayude a Somalia a cumplir:
a)
humanos;
Sus obligaciones nacionales e internacionales en materia de derechos
b)
Las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos y otros instrumentos de
derechos humanos, y la presentación de los informes periódicos conexos;
c)
Las recomendaciones aceptadas en el marco del examen periódico universal;
d)
Otros compromisos, políticas y leyes en materia de derechos humanos
destinados a promover el empoderamiento de las mujeres, los jóvenes y las personas
pertenecientes a grupos marginados, como los clanes minoritarios, la libertad de expresión,
de reunión y de asociación, la protección de los medios de comunicación y la sociedad civil,
incluidas las mujeres constructoras de la paz, el acceso de las mujeres y los miembros de
grupos minoritarios a la justicia y la rendición de cuentas en caso de violación de sus derechos
humanos, y el fomento de la capacidad de los ministerios e instituciones encargados de la
administración de justicia y la protección de los derechos humanos;
28.
Toma nota de las opciones presentadas por la Experta Independiente en su
informe más reciente sobre posibles ajustes del alcance del mandato para atender mejor las
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GE.24-18728
A/HRC/54/78.
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