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otros instrumentos que ofrecen protección a grupos específicos de personas, como las
mujeres o los niños. Entre ellos se encuentran el Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención Internacional
sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención
sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer 6.
16. Las personas con albinismo también disfrutan de derechos consagrados en la
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que reconoce el
albinismo como discapacidad. La Convención abarca cuestiones como la igualdad y
la no discriminación, los ajustes razonables, la participación e inclusión efectivas en
la sociedad, la igualdad de género y la accesibilidad. Sus distintas disposiciones
recogen la obligación de los Estados partes y de otros garantes de derechos de
asegurar la adopción de un enfoque basado en los derechos para las personas con
discapacidad.
17. La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad contiene
otras disposiciones sobre la protección de los derechos de las personas con albinismo
frente a los efectos negativos del cambio climático 7. Cabe mencionar el artículo 10,
que obliga a los Estados a garantizar el derecho inherente a la vida de las personas
con discapacidad, y el artículo 11, según el cual los Estados deben adoptar todas las
medidas necesarias para garantizar la seguridad y la protección de las personas con
discapacidad en situaciones de riesgo, incluidos los desastres naturales. Además, el
artículo 24 sobre la educación, el artículo 25 sobre la salud, el artículo 27 sobre el
trabajo y artículo 28 sobre el nivel de vida y la protección social también protegen a
las personas con albinismo frente a las repercusiones negativas del cambio climático
sobre la participación social. La Convención gira en torno a la obligación de los
Estados partes de celebrar consultas y colaborar activamente con las personas con
discapacidad, y con las organizaciones que las representan, en la adopci ón de
decisiones sobre cuestiones que afectan a sus vidas. El cambio climático es una de
esas apremiantes cuestiones. Otros artículos, como el artículo 31 sobre recopilación
de datos y estadísticas, el artículo 32 sobre la cooperación internacional y el artículo
33 sobre la aplicación y el seguimiento nacionales, fomentan la inclusión de las
personas con albinismo en los ámbitos de la adaptación al cambio climático, la
mitigación de sus efectos y las pérdidas y los daños asociados.
18. El Acuerdo de París sobre el cambio climático refuerza la respuesta mundial a
la amenaza del cambio climático mediante el mantenimiento del calentamiento global
muy por debajo de 2 °C con respecto a los niveles preindustriales, al tiempo que se
prosigue con los esfuerzos para limitar ese aumento de temperatura a 1,5 °C. En el
Acuerdo de París no se hace referencia de forma específica a las personas con
albinismo, pero en su preámbulo se reconoce que los Estados partes, al adoptar
medidas para hacer frente al cambio climático, deberían respetar, promover y tener
en cuenta sus respectivas obligaciones relativas a los derechos humanos, incluidos los
de las personas con discapacidad. En las decisiones posteriores relacionadas con la
Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático se han
reafirmado los derechos de las personas con discapacidad, junto con los de otros
grupos. Por ejemplo, en el Pacto de Glasgow por el Clima, adoptado en el 26º período
de sesiones de la Conferencia de las Partes en la Convención Marco de l as Naciones
Unidas sobre el Cambio Climático, se reconoce explícitamente la obligación de los
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Para obtener más información, véase el “Estudio analítico sobre la promoción y protección de
los derechos de las personas con discapacidad en el contexto del cambio climático”
(A/HRC/44/30) de la Oficina del Alto Comisionado de las N aciones Unidas para los Derechos
Humanos (ACNUDH).
No debería interpretarse que las disposiciones que no hayan sido enumeradas aquí carecen de
aplicabilidad.
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